La Ley 1843 del 14 de julio de 2017 regula la instalación, señalización adecuada y puesta en operación de los sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones de tránsito (SAST). Estos sistemas comprenden todas las ayudas tecnológicas, como cámaras de vídeo y equipos electrónicos de lectura, que permiten identificar con precisión al vehículo o al conductor, conforme a lo establecido en el Par.
Preguntas Frecuentes
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Has entrado al portal Web de la Secretaría Distrital de Movilidad, aquí encontrarás información relevante y actualizada sobre preguntas Frecuentes, diseñado para brindar a la ciudadanía herramientas, trámites, normativas y servicios relacionados con la movilidad de Bogotá. Explora los contenidos, descarga documentos útiles y conoce las iniciativas que estamos implementando para transformar la manera en que te mueves por la ciudad.
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La no actualización en el sistema de información de la Secretaría Distrital de Movilidad puede encontrarse relacionado con la realización del curso en un CIA o un organismo diferente a la Secretaría de Movilidad, por ende, es necesario seguir el procedimiento descrito en Validación e ingreso de cursos pedagógicos sobre normas de tránsito realizados en CIAS y organismos de tránsito
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Es el documento que autoriza la circulación de vehículos automotores no matriculados por vías públicas o privadas abiertas al público, únicamente con su conductor y, si es necesario, un acompañante. Este permiso no autoriza la prestación de servicio público de transporte en ningún caso. Art. 3° de la Resolución No. 20213040045815 de 10 de febrero de 2021
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Las condiciones para el registro y la circulación de vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo ya sean de combustión interna, eléctricos o con cualquier otro tipo de energía, están establecidas en la Resolución 160 del 2 de febrero de 2017, compilada en el Capítulo IX de la Resolución 20223040045295 del 4 de agosto de 2022, ambas expedidas por el Ministerio de Transporte.
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Los vehículos que posean vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, que cumplan las características, establecidas en los 1 y 2 del Art. 2° de la Resolución No 003777 del 17 de junio de 2003, no requieren autorización alguna.
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En Colombia, no se exige un permiso especial general para que un vehículo automotor pueda halar un remolque o semirremolque. Sin embargo, es necesario tener en cuenta ciertas condiciones que dependen del tipo de vehículo que realiza el remolque y del tipo de remolque utilizado. A continuación, se explican las principales consideraciones normativas:Tipos de vehículos y remolques (Ley 769 de 2002 – Art. 2)
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Aplica únicamente para accidentes registrados dentro de la jurisdicción de BogotáPara reporte de accidentes (daños materiales, personas lesionadas y/o fallecimientos)1. Ingrese al Sistema de Información Geográfico de Accidentes de Tránsito SIGAT2. Registre la placa del vehículo.3. En la parte inferior aparece la opción “certificado” para descargar. Ver tutorial
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No. Estacionar un vehículo automotor en un antejardín no da lugar a la imposición de un comparendo de tránsito ni a la inmovilización del vehículo, ya que esta conducta no constituye una infracción al Código Nacional de Tránsito.Sin embargo, sí puede generar una sanción por ocupación indebida del espacio público, de acuerdo con las siguientes consideraciones normativas:
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Si se encuentra dentro del término previsto para obtener el descuento de Ley, el Art. 24 de la Ley 1383 del 16 de marzo de 2010, establece que puede realizar el curso en un Centro Integral de Atención CIA o en un organismo de tránsito de diferente jurisdicción donde se cometió la infracción, a ésta se le cancelará un 25% del valor a pagar.
Fecha de modificación:
La Secretaría Distrital de Movilidad, adelanta internamente el trámite de desembargo ante la entidad que lo ordenó; este procedimiento se surte de forma masiva. El ciudadano interesado podrá realizar su solicitud, teniendo en cuenta lo siguiente: Si el embargo aparece pendiente en la pagina web...
