Buscar | Page 4 | Secretaría Distrital de Movilidad
gov.co

Usted está aquí

Solapas principales

En 11.76% caen accidentes fatales que involucran a motociclistas

Marzo 20 de 2013

Bogotá, Marzo 20 de 2013. La Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Secretaría Distrital de Movilidad revela el informe de enero febrero sobre accidentalidad con motociclistas; en el estudio se destaca una disminución del 11.76% en las cifras de muertes de motociclistas en la vía, frente al mismo periodo de 2012.

  • Entre enero y febrero se reporta un 11.20% menos de motociclistas heridos en accidentes de tránsito.
  • Pacto Motociclistas por Bogotá un compromiso que aporta al quiebre de cifras por autolesiones: El informe de la SDM revela que por esta causa se disminuyeron en 58.9% los accidentes entre enero y febrero de 2013.
  • La Secretaría Distrital de Movilidad y el Comité de Ensambladoras de Motos se unen en programa sensibilización conjunta a motociclistas.
  • Este miércoles 20 y jueves 21 de marzo los motociclistas de Bogotá recibirán una inducción sobre conducción segura, jornada que será acompañada por técnicos que orientarán cómo tener en mejores condiciones estos vehículos.


Escuchar audio Liliana-Bohorquez-directora-seguridad-vial-sdm

Escuchar audio Ivan-Garcia-vocero-ensambladoras-japonesas


En cuanto al número de motociclistas lesionados hay una reducción de 11.20%; mientras que entre enero y febrero de 2012, 811 motociclistas resultaron heridos en accidentes de tránsito, en el presente año, el número bajó a 720, es decir, hubo una reducción de 91 motociclistas menos lesionados.

Frente a las autolesiones, es decir, cuando no interviene otro actor vial en el accidente del motociclista, los estudios revelan que entre enero y febrero de 2012 se presentaron 95 casos y en 2013, en el mismo periodo, estas situaciones llegaron a 39, una disminución de 56 casos, es decir, un 58.9% menos.

Este balance se entrega en el marco de una actividad pedagógica que se desarrolla en dos jornadas los días miércoles 20 y jueves 21 de marzo, con el acompañamiento de la Policía Metropolitana de Tránsito, el Club de Motociclistas de Colombia, la Asociación de Motociclistas de Cundinamarca y Bogotá, la Liga de Motociclismo de Bogotá y el Comité de Ensambladoras de Motos Japonesas que firmaron el Pacto Motociclistas por Bogotá.

Las actividades pedagógicas pretenden sensibilizar a los usuarios de las motocicletas, y además hacer que el conductor haga una pausa educativa en la vía, para recibir información básica que cubre aspectos como conducción segura, normas de tránsito y prevención de accidentalidad. Además se le hará una revisión técnico-preventiva a la motocicleta.

“Con esta actividad conjunta pretendemos sensibilizar en las dos jornadas por lo menos 300 motociclistas, además de fortalecer la interiorización de una conducción segura en el motociclista y promover la revisión técnico mecánica de las motos. A su vez, damos visibilidad a las motos como un actor importante en las vías”, asegura Liliana Yanneth Bohórquez Avendaño, directora de Seguridad Vial y Comportamiento del Tránsito de la Secretaria Distrital de Movilidad.

Las intervenciones pedagógicas que realizará la SDM serán apoyadas por el Comité de Ensambladoras que trabaja una estrategia de gestión preventiva para fortalecer el conocimiento que los conductores deben tener sobre la motocicleta y su cuidado mecánico.







Otras páginas relacionadas con este contenido
+ En 11.76% caen accidentes fatales que involucran a motociclistas
Miércoles, Marzo 30, 2016 - 03:05

Seguridad vial escolar, otro de los objetivos de Movilidad humana

Febrero 22 de 2012

Bogotá, febrero 22 de 2012. Con el objetivo de generar corresponsabilidad entre los directivos de establecimientos educativos, padres de familia, transportadores y autoridades distritales, la administración distrital a través de la Secretaría de Movilidad, promueve el programa RUTA PILA, propendiendo de manera permanente por la seguridad escolar de todas las niñas y niños de la ciudad.

* Durante el operativo realizado hoy 22 de febrero se inmovilizaron 3 rutas escolares y se encontraron incumplimientos como el llevar una monitora de ruta menor de edad, una placa alterada y una licencia de conducción falsa.

Y precisamente la seguridad vial de todos los actores de la vía es uno de los objetivos de las acciones de Movilidad Humana, en la que se privilegian los intereses y necesidades de la población, una movilidad digna, amable, accesible, de calidad, sostenible y corresponsable en y con nuestra ciudad y sus ciudadanos.

¿En qué consiste el programa RUTA PILA?

Las acciones de RUTA PILA  se basan en operativos de controles técnicos y administrativos que se llevan a cabo en conjunto con la Policía Metropolitana de Tránsito, para revisar el parque automotor de las instituciones educativas, incluyendo vehículos propios, contratados por la institución y contratados por los padres de familia, y de igual forma, realizar capacitaciones sobre las normas a tener en cuenta durante la prestación de este servicio de transporte.

En estas revisiones, llevadas a cabo por un grupo de auxiliares y supervisores de la SDM capacitados previamente para la realización de estos procesos de inspección de rutas escolares se observan aspectos como el estado del equipo de carreteras, llantas, puertas, dispositivos luminosos, espejos retrovisores, sillas, cinturones de seguridad, salidas de emergencia, entre otros.

De igual forma, se miran aspectos como el hecho que la ruta cuente con la presencia de un monitor(a), que tenga al día la revisión técnico mecánica, que tanto la licencia de conducción y de tránsito estén al día y las pólizas de responsabilidad civil.

¿Qué resultados se obtuvieron durante 2011?

Durante el 2011 se realizaron 225 operativos en igual número de colegios, en los cuales se revisaron 5.170 vehículos de transporte escolar. Estos operativos se llevaron a cabo en las distintas localidades de la ciudad de la siguiente manera:

LOCALIDAD
No  COLEGIOS VISITADOS  LOCALIDAD No COLEGIOS VISITADOS
Suba
 67 Puente Aranda
 8
Usaquén
 36 Rafael Uribe  6
Engativá  21 Antonio Nariño  5
Bosa  12 Mártires  5
Candelaria  12 Tunjuelito
 2
Kennedy
 12 Chapinero  2
Teusaquillo
 11 Santa Fe
 1
Fontibón
 9 San Cristóbal
 
Barrios Unidos  8

   
Total                                                    225

En el marco de los operativos realizados, la Policía Metropolitana de Tránsito impuso 655 comparendos, siendo las infracciones más frecuentes:

-    Conducir un vehículo con vidrios polarizados, sin portar el permiso respectivo.
-    No portar el equipo de prevención y seguridad establecido en el Código Nacional de Tránsito Terrestre.
-    Conducir un vehículo con la placa en mal estado o no legible.

¿Cómo estuvo el balance de accidentalidad de vehículos escolares durante el 2011?

Durante el año anterior se presentaron 11 eventos en los cuales estuvieron involucrados vehículos de transporte escolar, en sólo uno de ellos hubo heridos  y ninguna victima fatal.

¿Qué se espera para RUTA PILA durante el 2012?

Durante este año el trabajo se enfocará también en la generación de espacios de coordinación entre entidades distritales involucradas en el manejo del transporte escolar, para ampliar de esta forma la cobertura de verificación del parque automotor que presta el servicio.


Otras páginas relacionadas con este contenido
+ Seguridad vial escolar, otro de los objetivos de Movilidad humana
Miércoles, Marzo 30, 2016 - 03:05

¿Puede un extranjero conducir en Colombia con una licencia de conducción expedida en otro país?

 

   admsdm   Preguntas frecuentes  26 de enero de 2018

Las licencias de conducción, expedidas en otro país, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional, serán válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme con las disposiciones internacionales sobre la materia. Art. 25 Ley 769 de 2002

Si transcurrido el tiempo de temporalidad que son 6 meses, el extranjero prolonga su permanencia, deberá solicitar su licencia de conducción bajo la modalidad de primera vez, cumpliendo los requisitos señalados por las normas vigentes, en este caso el Art. 196 del Decreto 019 de 2012.

Es importante tener en cuenta que en la actualidad nuestro país no cuenta con norma alguna que permita hacer convalidación de licencias de conducción expedidas fuera del país a excepción de España, país con el cual se tiene suscrito un convenio binacional para la validación de este documento.

Los ciudadanos de nacionalidad española que prolongan su permanencia en Colombia, deberán acudir ante la Dirección de Tránsito y Transporte del Ministerio de Transporte con la copia del documento de identidad y de la licencia de conducción expedida por la dirección de Tráfico en España, para que se les autorice continuar conduciendo con la licencia española.

En lo referente a la licencia internacional expedida por países afiliados a la Federación Internacional del Automovilismo, ésta no es válida en el territorio nacional, toda vez que Colombia no ratifico el acuerdo suscrito en 1942 para expedir licencias internacionales a través de  Federación Internacional de Automovilismo FIA razón por la cual,  la licencia de conducción expedida por la firma Automóvil Club de Colombia carece de validez en el territorio nacional, entre otras cosas porque la autoridad competente para expedirlas sería el Ministerio de Transporte.

Finalmente, y en lo que respecta a vehículos extranjeros se debe tener en cuenta que estos sólo podrán transitar durante el tiempo autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y por la DIAN. Art. 41 del CNT y que requerirán la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes si superan el término de 3 meses. Parágrafo Art. 12 de la Ley 1383 del 16 de marzo de 2010.

Última modificación: 
01/26/2018 - 16:25

Verificación y control de rutas de servicio escolar

Julio 21 de 2014

Bogotá, Julio 21 de 2014. Con el objetivo fundamental de propender por la seguridad e integridad de los estudiantes, la Secretaría Distrital de Movilidad, a través del Grupo de Movilidad Escolar, hace presencia en los distintos colegios de Bogotá con los programas de Diagnósticos de Movilidad Escolar y Ruta Pila, con los cuales se continúa ejerciendo la vigilancia y control del cumplimiento de disposiciones normativas nacionales y distritales que en materia de tránsito y transporte se refiere.


Escuchar audio Secretaría de Movilidad_Maríaa-Constanza-Garcia

A través de mesas de trabajo, visitas técnicas y visitas administrativas en las instituciones de formación, en centros recreo-deportivos y culturales, el grupo de movilidad escolar de la SDM esta sensibilizando a las instituciones y al personal administrativo en temas de prevención y corrección a las falencias que se presenten en el momento del registro.

Durante el primer semestre del 2014 se han adelantado 547 diagnósticos de movilidad escolar, en los centros educativos y de formación en Bogotá con lo cual se ha logrado verificar el cumplimiento de las condiciones de seguridad del entorno de las instituciones.




De otro lado se ha logrado una identificación de las necesidades de las instituciones educativas en materia de demarcación escolar, procedimientos de acenso y descenso de población estudiantil, ascensos peatonales y vehiculares de los colegios, verificación de velocidad de vehículos que transitan en la zona escolar y la Identificación de necesidades en materia de malla vial, señalización y formación en seguridad vial.

Con estas actividades la SDM ha brindado apoyo directo, así como la  sensibilización a las mismas,  logrando generar el fortalecimiento de  los escenarios de participación de la comunidad educativa, de tal manera que han adoptado gradualmente la implementación,  y mejora de las competencias ciudadanas en materia de movilidad y transporte escolar.

Igualmente el primer semestre del año se verificó 3096 rutas escolares al servicio de estudiantes, imponiendo 466 comparendos por:

•    Luces en mal estado
•    Estado irregular de los distintivos específicos
•    Anomalías en las condiciones de seguridad del vehículo
•    Falta de equipo de carretera
•    Parqueo irregular, ascensos y descensos en lugares prohibidos,
•    Conducir el vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción o que ésta se encuentre vencida, 
•    conducir el vehículo, excediendo la capacidad autorizada en la licencia de tránsito o tarjeta de operación.

Paralelamente se inmovilizaron 36 rutas escolares por:

•    Presentar incumplimiento frente a: los  seguros contractual, extracontractual y SOAT,
•    Presentar vidrios polarizados, entintados u oscurecidos,
•    Falta de revisión técnico mecánica,
•    Ausencia de extracto de contrato para prestación de servicios a los estudiantes,
•    Falta de acompañamiento de la monitora,
•    Falta de avisos y logos reglamentarios,
•    Falta de cinturones de seguridad, entre otras.






















Recomendaciones:

  • Que los padres de familia conozcan y verifiquen la reglamentación y aplicación de las normas en materia de tránsito y movilidad que existen sobre los vehículos que transportan a sus hijos.
  • Que la institución educativa lleve el registro y documentación de las rutas escolares que presta los servicios a sus estudiantes.
  • Que los padres de familia tengan la precaución de observar el tipo de vehículo que transporta a sus hijos.
  • Que los conductores y monitoras de los vehículos de transporte escolar apliquen las normas establecidas en materia de tránsito y movilidad existentes.


:



Otras páginas relacionadas con este contenido
+ Verificación y control de rutas de servicio escolar
Miércoles, Marzo 30, 2016 - 03:05

Embargos por multas de tránsito en Bogotá

Bogotá, 18 de julio de 2022 (@SectorMovilidad). La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) ordenó el embargo de los productos bancarios y financieros de 16.941 deudores por infracciones al código nacional de tránsito, cometidas entre 2016 y 2019.

Ciudadano en la ventanilla de la SDM

Si los conductores morosos pagan la deuda, pueden solicitar el desembargo.

 

  • La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) ordenó el embargo de los productos bancarios y financieros de cerca de 17.000 deudores por infracciones a las normas del código nacional de tránsito cometidas entre 2016 y 2019.

  • Después de ofrecer varias opciones a los ciudadanos para ponerse al día con Movilidad, la Entidad logró que entre enero y mayo del presente año, 44 mil deudores con cobros coactivos se pusieran al día con el pago de sus multas de tránsito.

  • En su página web https://www.movilidadbogota.gov.co/, la SDM pone a disposición de la ciudadanía un abecé de desembargos, que además de responder a las preguntas frecuentes sobre el proceso, contiene el paso a paso que se debe seguir para solicitar el desembargo, una vez haya pagado la deuda, motivo de embargo.

 

Bogotá, 18 de julio de 2022 (@SectorMovilidad). La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) ordenó el embargo de los productos bancarios y financieros de 16.941 deudores por infracciones al código nacional de tránsito, cometidas entre 2016 y 2019.

Entre las infracciones más cometidas por los ciudadanos están: estacionar en sitios prohibidos (C02), transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas (C14) y conducir motocicleta sin acatar las normas de tránsito (C24).

Es importante aclarar que, a los ciudadanos embargados, en principio, se les motivó a realizar el pago de sus obligaciones a través de un cobro persuasivo, e incluso, se inició un proceso de cobro coactivo mediante la emisión y notificación del mandamiento de pago. 

Gracias a la gestión realizada por la entidad, de enero a mayo del presente año, cerca de 44.000 ciudadanos con proceso de cobro coactivo, se pusieron al día con Movilidad.

Al respecto, el subsecretario de Gestión Jurídica de la SDM, Paulo Rincón Garay, dijo, “es importante manifestarles que, a la fecha, alrededor de 44 mil ciudadanos, entre el mes de enero a mayo de 2022, se han puesto al día en el pago de las multas de tránsito. Ahora bien, el cobro efectivo de una multa de tránsito lo que busca es prevenir acciones que afecten la seguridad vial”. 

Sobre los comparendos, Rincón, habla de la opción que ofrece Movilidad para consultarlos y pagarlos de forma fácil, a través de la página web: https://www.movilidadbogota.gov.co/, “el pago lo puede hacer por medio de PSE o puntos Éxito, incluso los fines de semana, sin tener que desplazarse a la Secretaría Distrital de Movilidad”.

Sí se tiene conocimiento de un embargo vigente o alguna duda de tenerlo, la Secretaría de Movilidad dispuso en su página web: https://www.movilidadbogota.gov.co/ un abecé de desembargos, que además de responder a las preguntas frecuentes que puede tener el ciudadano sobre el proceso, contiene el paso a paso que se debe seguir para solicitar el desembargo, una vez haya pagado la deuda, motivo de embargo.

 

Top 5 de las infracciones de tránsito que más se cometen en Bogotá

Las infracciones con sanción más cometidas por los ciudadanos en Bogotá en el último periodo son: 

  • Estacionar en lugares prohibidos.

  • Ciclistas y peatones que no respetan las normas de tránsito. 

  • Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.

  • No realizar la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes en los plazos establecidos.

  • Conducir motocicleta sin acatar las normas de tránsito.

 

¿Por qué Movilidad podría embargarle?

Un ciudadano puede ser embargado por tener multas de tránsito y/o transporte sin pagar, saldos pendientes de deudas anteriores, acuerdos de pago en mora o por tener vehículos en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Una vez sea expedida la resolución, a través de la cual se declara al ciudadano como contraventor, la multa pasa a cobro coactivo, en un término que, por lo general es de 30 días posteriores a la comisión de la infracción.

Tenga en cuenta que a los ciudadanos se les pueden embargar sus cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos, salarios y honorarios.

 

¿Cómo solicitar un desembargo?

Si aún no se le ha debitado el dinero de la deuda y con el fin de evitar este descuento, el deudor puede realizar el pago de su obligación a través de los canales dispuestos por la Secretaría Distrital de Movilidad, a los cuales puede acceder por el sitio web: www.movilidadbogota.gov.co – Consulta y pago de comparendos. Aquí puede descargar el volante de pago, para realizar la cancelación de la deuda en el Banco de Occidente y/o Caja Social o Vía pago electrónico, por medio del botón de PSE.

Es importante tener en cuenta que el sistema liquida los intereses al día, por lo tanto, el pago debe realizarse el mismo día en que se generó el volante.

La Secretaría Distrital de Movilidad adelanta internamente el trámite de desembargo ante la entidad correspondiente (entidad financiera, empleador, pagador, oficina de tránsito o de registro); este procedimiento se surte dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al pago efectivo de la obligación o una vez se verifica que la obligación, motivo de embargo, no registra saldo pendiente por cobrar de forma masiva y sin que medie una solicitud del interesado.

No obstante, y si lo prefiere, el ciudadano podrá realizar su solicitud ante la Secretaría de Movilidad de manera presencial o virtual, a través del Formulario Radicación de correspondencia, por medio de un formato sugerido que la Entidad ha dispuesto para este trámite, relacionando todos los datos correspondientes al desembargo. Este formato se puede descargar en: https://www.movilidadbogota.gov.co/web/sites/default/files/Paginas/10-02-2022/formato_desembargo_y_tdj.pdf

Una vez hecha la solicitud de desembargo, queda en manos de las entidades, tanto bancarias como de registro, el tiempo y el desbloqueo efectivo de la(s) cuenta(s), así como, los registros correspondientes.

 

Oficina Asesora de Comunicaciones y Cultura para la Movilidad

Secretaría Distrital de Movilidad

 

Miércoles, Mayo 31, 2023 - 18:56
Las Inscripciones son gratuitas:

Mediante cursos de conducción, se refuerzan comportamientos seguros de motociclistas en vías 

Bogotá. Febrero 9 de 2023. (@SectorMovilidad) En el marco del Programa de Conciencia Vial, la Secretaría de Movilidad y la Policía de Tránsito Seccional Bogotá, buscan reforzar durante este año 2023 algunos comportamientos riesgosos en las vías por parte de los motociclistas a través de los Cursos Teórico Prácticos de Conducción.

Actividad pedagógica de seguridad vial para motociclistas. Foto - SDM. 

Actividad pedagógica de seguridad vial para motociclistas. Foto - SDM. 

 

  • La Secretaría de Movilidad hace apertura a la convocatoria de los Cursos Teórico Prácticos de Conducción en Moto 2023, con nuevos componentes en seguridad vial.

  • Evitar maniobras peligrosas como el zigzagueo, entender que el límite de velocidad permitido es 50 km/h, no respetar las normas de tránsito, entre otras, son algunos comportamientos que se buscan reforzar.

  • Durante el mes, los conductores podrán acceder de manera gratuita a una de las cuatro fechas (17,18,24 y 25 de febrero). 

  • Los usuarios de moto (conductor + acompañante) continúan siendo el actor vial que más fatalidades registran en el tránsito, la mayoría en interacción con vehículos de gran tamaño y automóviles. 

 

Bogotá. Febrero 9 de 2023. (@SectorMovilidad) En el marco del Programa de Conciencia Vial, la Secretaría de Movilidad y la Policía de Tránsito Seccional Bogotá, buscan reforzar durante este año 2023 algunos comportamientos riesgosos en las vías por parte de los motociclistas a través de los Cursos Teórico Prácticos de Conducción.

El principal objetivo es reducir el número de víctimas de siniestros viales en la ciudad, a través de estas estrategias de pedagogía y cultura ciudadana, cuyo énfasis son las buenas prácticas de conducción y la seguridad vial para lograr una movilidad más segura de los usuarios de moto (conductor + acompañante).

Estos son algunos cambios de comportamiento que se buscan reforzar con los Cursos Teórico Prácticos de Conducción en Moto:

  • Conseguir que 50 km/h sea el límite máximo de velocidad adoptado por los conductores 

  • Mejorar la pericia al momento de manejar

  • Identificar puntos ciegos en vehículos de gran tamaño

  • Evitar maniobras peligrosas como el zigzagueo 

  • Lograr una conducción más segura

  • Acatar las normas de tránsito

  • Cuidar de los demás actores viales 

 

‘Los usuarios de moto continúan siendo el actor vial con más registros de fatalidades en el tránsito, para el año 2022,  la interacción con vehículos de gran tamaño (carga) y livianos,  y siniestros donde el motociclista no se vio involucrado con otro actor vial (autolesión, volcamiento  , choque contra objeto fijo o caída de ocupante) fueron las más representativas; solo en enero se han registrado 19 motociclistas fallecidos en cifras preliminares (...) por eso, este año estamos reforzando nuestros cursos de conducción con componentes nuevos en  seguridad vial que buscan reducir estos índices de siniestralidad vial y por supuesto lograr un cambio de comportamiento en las vías’: manifestó Nathaly Torregroza, Jefe de la Oficina de Seguridad vial de la Secretaría de Movilidad.  

Los cursos tendrán cinco módulos de aprendizaje: 

  • Módulo 1: contexto sobre la siniestralidad vial en Bogotá, principales hipótesis y consecuencias de éstos.

  • Módulo 2: normatividad Nacional y Distrital, sanciones, causales de inmovilización, revisión técnico mecánica y señales de tránsito.

  • Módulo 3: elementos de protección personal, tips al momento de comprarlos, uso correcto del casco, tipos de certificación y las condiciones que deben cumplir; y principales lesiones corporales tras un siniestro vial.

  • Módulo 4: factores de riesgo en la vía, maniobras peligrosas y percepción de velocidad.

  • Módulo 5: técnicas de conducción preventiva, principales sistemas activos y pasivos de las motos, principios de eco conducción y alistamiento pre operacional.

 

Requisitos para inscribirse:

Para participar de manera gratuita en los cursos, los conductores de moto deben cumplir los siguientes requisitos: 

  • Llevar la motocicleta que conduce

  • Presentar la licencia de conducción 

 

Los conductores interesados en inscribirse lo podrán hacer a través de la página web de la entidad www.movilidadbogota.gov.co . Los cursos se desarrollarán durante el mes de febrero los días 17, 18, 24 y 25.  

La Secretaría de Movilidad invita a todos los conductores de moto de la ciudad a participar de manera activa en las jornadas, éstas se desarrollarán durante todo el año 2023 y la convocatoria se abrirá cada mes a través de las redes sociales y página web de la entidad. Los participantes recibirán un certificado de asistencia.

 

 

Oficina Asesora de Comunicaciones y Cultura para la Movilidad

Secretaría Distrital de Movilidad

 

Jueves, Febrero 9, 2023 - 15:30
Última modificación: 
Jue, 25/05/2023 - 13:53
Categoría Preguntas Frecuentes : 
Información general

¿Cuál es el procedimiento a seguir tras un siniestro vial con víctimas lesionadas o fallecidas?

En el sitio del accidente y en relación con las acciones que se derivan cargo de las autoridades de tránsito, el procedimiento a seguir es el siguiente: 


1.    Reportar a la Línea 123 la dirección exacta del accidente e informar de manera detallada las condiciones de los lesionados, para que se gestione el envío de una ambulancia acorde con la atención especializada que pueda requerir la persona herida. Si como consecuencia el accidente hay víctimas fatales, las autoridades que conozcan de los hechos solicitaran la presencia del Laboratorio Móvil de Criminalística para el levantamiento respectivo.

2.    Suministrar a las autoridades los documentos de los vehículos y/o personas involucradas, para la elaboración del Informe Policial de Accidentes de Tránsito - IPAT-. Las partes involucradas recibirán una copia del IPAT y la boleta donde se solicita el peritaje del vehículo. Art. 149 del CNT

3.    Traslado de los vehículos involucrados al patio transitorio de la Fiscalía ubicado en la Calle 63 # 94-93

4.    Traslado de los conductores que hayan resultado ilesos en el evento, a Medicina Legal para que les sea practicado el examen de embriaguez o en su defecto le será practicado en el centro asistencial donde haya sido remitido. Art. 149 del CNT

5.    Imposición del comparendo y retención preventiva de la licencia de conducción, esta última, si realizada la prueba de alcoholemia el resultado arroja positivo. Par. 2° del Art. 152 del CNT y normas modificatorias.

6.    El conductor cuyo resultado de embriaguez es positivo, deberá presentarse para la audiencia en las instalaciones de la Secretaría Distrital de Movilidad dentro de los cinco días siguientes a la imposición del comparendo, donde se aportarán las pruebas conducentes a demostrar la inocencia o culpabilidad en relación con la sanción por conducir en estado de embriaguez. Art. 136 del CNT y normas modificatorias

7.    Para la entrega del vehículo cuyo conductor ha resultado positivo en la prueba de alcoholemia y cuya inmovilización se haya realizado en los patios del organismo de tránsito, esta solo procederá una vez se haya cumplido el término de inmovilización según el grado de embriaguez dictaminado. Art. 152 CNT y normas modificatorias

8.    Para que quede en firme la suspensión de la licencia de conducción producto de la imposición del comparendo por conducir bajo efectos del alcohol, durante la ocurrencia del siniestro, se debe adelantar el procedimiento contravencional que conlleva la realización de la audiencia donde se aportarán las pruebas y alegatos dentro de los 5 días hábiles siguientes a la imposición comparendo, o entre el 6° y 30 día calendario siguientes si existe una razón de fuerza mayor que le impidió asistir dentro de los primeros 5 días. Si el conductor no se hace de presente, dentro de los 30 días calendario siguientes a la imposición del comparendo se realizará la audiencia sin la presencia del presunto infractor y con base en las pruebas obtenidas se sancionará o absolverá. Art. 136 del CNT y nomas modificatorias.

Para la entrega provisional del vehículo y en relación con las acciones tendientes a establecer la responsabilidad del siniestro a cargo de las autoridades judiciales, el procedimiento a seguir es el siguiente:
9.    El conductor, propietario, tenedor o poseedor del vehículo deberá solicitar el peritaje del vehículo en el patio transitorio de la Fiscalía (domingo a domingo 6:30 A.M.) Se debe presentar con la orden del peritaje, documento de identificación, Croquis del accidente, Formato número único de noticia criminal, IPAT (informe policial de accidente de tránsito) SOAT vigente, tarjeta de propiedad, Certificado de revisión técnico mecánica, Seguro contractual y extracontractual y tarjeta de operación si se trata de servicio público y las llaves del vehículo. Si el interesado por las circunstancias propias del accidente no le fue entregada la orden del peritaje puede solicitarla en la estación de tránsito ubicada en la calle 12 # 35-82, en el horario 02:30 pm y 05:00 pm.

10.  Practicado el informe de peritaje, el usuario podrá solicitar la entrega provisional del vehículo ante el Fiscal correspondiente. Si se trata de vehículos de servicio público colectivo, podrán ser entregados a título de depósito provisional al representante legal de la empresa a la cual se encuentre afiliado. Art. 100 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
11.  Con la orden de salida provisional dirigirse al patio transitorio de la Fiscalía ubicado en la Calle 63 # 94-93 horario de atención lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:30 p.m. y sábados 9:00 a.m. a 11:30 a.m. donde deberá presentar los documentos del vehículo, el oficio expedido por la Fiscalía General de la Nación y fotocopia del documento de identidad del propietario o apoderado autorizado según oficio de la Fiscalía General de la Nación

12.  Recaudado el material probatorio, que incluye evidencias físicas, testimonios, entre otros que permitan identificar a los responsables del siniestro vial; el fiscal, procederá a la citación para adelantar la audiencia preliminar con fundamento a la potestad que se le concede mediante el Art. 200 de la Ley 906 de 2004 –CPP-

13.  En la primera audiencia se dará apertura formal al proceso penal, donde se solicitarán las medidas cautelares sobre los bienes del presunto responsable del delito, lo puede hacer la Fiscalía como ente encargado de la acción penal, como también, lo puede solicitar el apoderado de la víctima para garantizar posibles daños y proteger el derecho a la indemnización de perjuicios causados con el delito. Art. 86 y Art. 92 de la Ley 906 de 2004 –CPP-

14.  Para iniciar el trámite de reparación, debe estar en firme la sentencia condenatoria y se debe solicitar dentro de los 30 días siguientes de haberse emitido el fallo de responsabilidad penal. Art. 103 y 106  de la Ley 906 de 2004 –CPP-

15.  En la audiencia de imputación o con posterioridad a ella, a petición del fiscal o de las víctimas el juez podrá decretar sobre bienes del imputado o del acusado las medidas cautelares necesarias para proteger el derecho a la indemnización de los perjuicios causados con ocasión del accidente de tránsito. Dentro de las medidas que ordena el juez de garantías se encuentra la prohibición expresa comercializar el vehículo dentro de los 6 meses siguientes, a menos que presente las garantías para resarcir los daños ocasionados a la víctima(s) y estas sean aceptados por el juez a cargo del proceso. El embargo y secuestro deberán garantizar el pago de los perjuicios que se hubieren ocasionado. Art. 92 y 97 de la Ley 906 de 2004 –CPP-


Importante tener en cuenta que:

  • No se debe alterar la escena del accidente, esto con el fin de que las autoridades tengan una idea preliminar acerca de la dinámica del accidente que posteriormente pueda ser confrontada con las versiones de los participantes y/o testigos del evento para determinar la responsabilidad dentro del proceso.
  • No obstante, que la prioridad en un accidente con víctimas es evacuar los heridos, se debe evitar manipular a la víctima (s) si no se cuenta con los conocimientos necesarios. 
  • Si el vehículo cuenta con seguro todo riesgo se debe informar desde el momento en que se presenta el accidente a la aseguradora, y solicitar el acompañamiento de la misma durante el proceso. Tenga presente que, si llegase a resultar responsable, la aseguradora debe responder por los daños ocasionados. 
  • En los casos de lesiones personales, las víctimas y el procesado pueden conciliar en cualquier etapa previa al juicio. Dentro del acuerdo se debe garantizar la reparación integral de la víctima, la cual, debe quedar registrada mediante un acta y estar debidamente avalada por el juez para proceder con el archivo de la diligencia. Si hubo homicidio culposo, se constituirá en un atenuante al momento de emitir la sentencia. Art. 522 de la Ley 906 de 2004 –CPP- y Ley 640 de 2001
  • En todo accidente de tránsito con víctimas se inmoviliza el vehículo de manera provisional, pues por tratarse de un delito, este entra a formar parte de la cadena de custodia. Una vez practicada el experticio técnico se devolverá al poseedor, tenedor o propietario. Art. 22 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
  • El procedimiento de peritaje no se requiere en el evento de que la persona involucrada en el siniestro sea únicamente el conductor, no involucre a terceros y del cual no haya querella. Para ello, se requiere la presentación personal del propietario del vehículo y del agente, este último, deberá solicitar la entrega por escrito.
  • La entrega de forma provisional de vehículo conlleva a que éste no puede ser enajenado hasta tanto se termine el proceso o se garantice el pago de los daños y perjuicios ocasionado a la víctima (s), esto en garantía del derecho de verdad, justicia y reparación que regula el proceso penal según lo dispuesto en el Art. 100 de la Ley 599 de 2000 -CP- y Art. 100 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
  • La entrega definitiva del vehículo, solo procederá cuando se garantice el pago de los perjuicios causados a las víctimas involucradas en el accidente o se hayan embargado bienes del sindicado en cuantía suficiente para atender al pago de aquellos, o hayan transcurrido diez y ocho (18) meses desde la realización de la conducta, sin que se haya producido la afectación del bien. Tampoco se puede realizar ningún negocio jurídico con el vehículo implicado 6 meses después de la imputación. Art. 100 de la Ley 599 de 2000 -CP- Art. 97 y Art. 100 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
  • Si transcurrido el termino de los 30 días no se ha solicitado la entrega provisional del vehículo, este será trasladado al Patio de la Fiscalía General de la Nación ubicado en el Municipio de Tenjo en la vereda Jacalito. Para retirar el vehículo, el ciudadano debe enviar solicitud de atención al correo electrónico juliany.escobar@fiscalia.gov.co, anexando oficio emitido por el fiscal con la autorización de salida y los documentos que acrediten la propiedad del vehículo.
  • Los gastos de parqueo generados por la inmovilización del vehículo en los patios transitorios de la Fiscalía, deben ser sufragados directamente por la autoridad judicial, levantada la medida provisional y autorizada la entrega del vehículo al propietario, cesa la obligación de la Fiscalía o de los jueces. Si el propietario, poseedor o tenedor no lo retira habiéndose emitido la orden provisional de entrega, deberá asumir a partir de ese momento los gastos por este concepto. Sentencia T–748/03 
  • Los accidentes de tránsito con lesiones u homicidio son tipificados como delitos culposos, es decir sin intención, cuando el involucrado se da a la fuga o hay presencia de embriaguez el hecho se puede tipificar como doloso, es decir, que hay culpabilidad, lo que conlleva a sanciones de tipo penal y administrativo, dentro de ellas la suspensión de la licencia de conducción. Art. 151 del CNT y Art. 110 - 120 y 121 de la Ley 599 de 2000
  • Los accidentes de tránsito que involucren un conductor menor de edad, se dejaran a disposición de los Fiscales delegados ante los Jueces Penales para adolescentes, quienes realizaran los trámites pertinentes acorde con la jurisdicción especial. Art. 139 y ss. de la Ley 1098 de 2006
  • En los casos que el conductor no sea el propietario del vehículo el juez podrá declarar civilmente responsable, además del conductor, al propietario, locatario o arrendatario del mismo. La victima puede solicitar a través de incidente de reparación que se llame en solidaridad al propietario.  Art. 107 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
  • La entrega definitiva del vehículo se hará previa autorización del juez de control de garantías o juez de conocimiento siempre y cuando se garantice el pago de los perjuicios, o se hayan embargado bienes del sindicado en cuantía suficiente para atender al pago de aquellos, o hayan transcurrido diez y ocho (18) meses desde la realización de la conducta, sin que se haya producido la afectación del bien. Art. 100 de la Ley 599 de 2000 -CP y Art. 100 de la Ley 906 de 2004 –CPP-
  • Las víctimas además de recibir la atención médica correspondiente, tienen derecho dentro del proceso penal por delitos culposos en accidentes de tránsito a la verdad, la justicia y la reparación, por lo cual, la Fiscalía como entidad responsable de la indagación e investigación, deberá entregar la información necesaria del proceso, así como recibir sus declaraciones en libre versión y a que se les notifique de las diligencias que se adelanten dentro de la investigación participando activamente hasta obtener la reparación de los perjuicios ocasionados. En casos de homicidios culposos los familiares adquieren los derechos anteriormente citados. Art 11 - 102 - 133 - 134 y 137 de La Ley 906 de 2004 -CPP- 

 

 

-


 

Alerta Ambiental Fase I en Bogotá

 

Inicialmente no habrá medidas adicionales de Movilidad 

Puente San José, del 23 al 25 de marzo de 2024

 

Ante la Alerta Ambiental declarada por la Secretaría Distrital de Ambiente, mediante la Resolución 639 de 2024, se informa que no hay restricciones adicionales en movilidad, solo las establecidas previamente para este puente de San José, en el que rige el Plan éxodo, de la siguiente manera: 

 

Plan éxodo: 

De acuerdo a las proyecciones de entradas y salidas para esta semana, el 10 % de los vehículos (85.000) que salen este fin de semana de Bogotá, retornan finalizando Semana Santa.  

El equipo de Agentes Civiles de Tránsito y Grupo Guía en articulación con la Seccional de Tránsito y Transporte ejecutarán controles en las principales vías de acceso y salida de Bogotá, priorizando los siguientes corredores:

  • Autopista Sur

  • Autopista Norte

  • Calle 13

  • Calle 80

  • Av. Villavicencio

 

A continuación  se detallan las medidas de restricción que aplican: 

 

Pico y placa regional

(Decreto Distrital 003 de 2023):

El lunes 25 de marzo de 2024 aplica la medida de pico y placa regional para vehículos particulares. De 12:00 m. a 4:00 p.m. solo podrán ingresar a Bogotá vehículos con placa terminada en dígito par, y de 4:00 p.m. a 8:00 p.m. solo lo podrán hacer los terminados en número impar. Fuera de estos horarios no hay restricción.

 

Restricción Distrital de circulación de vehículos de carga por generación vehicular (Decretos Distritales 840 de 2019 y 077 de 2020):

Continúa la restricción para el transporte de carga, modelo superior a 20 años. Para este sábado 23 de marzo, entre las 5:00 a.m. y las 9:00 p.m., no podrán circular los vehículos con placa terminada en dígito impar.

 

Restricciones Nacionales para vehículos de carga

(Resoluciones 761 de 2013 y 2307 de 2014):

El Ministerio de Transporte y la Dirección de Tránsito y Transporte fijó la restricción a la circulación para los vehículos de carga de más de 3400 kg, los días sábado 23, domingo 24, lunes 25, miércoles 27, jueves 28, sábado 30 y domingo 31, en todos los corredores de acceso de Bogotá, en horarios específicos determinados por dichas autoridades.

Los horarios de dichas restricciones, así como la aplicación según el corredor se puede encontrar en el Boletín estratégico de Seguridad y Movilidad emitido por el Ministerio de Transporte y la Dirección de Tránsito y Transporte.

 

Recomendaciones generales al sector de transporte de carga:

  • Recibir y despachar la mercancía en horario nocturno, entre las 10:00 p.m. las 6:00 a.m.

  • Abastecer las mercancías en horario nocturno.

  • Reducir el uso de equipos y vehículos que emplean diesel como combustible.

  • Implementar buenas prácticas de conducción, conducción sostenible o conducción ecológica.

  • Tomar la vía Mondoñedo - Chia para evitar el ingreso a Bogotá mientras dure la alerta ambiental. 

 

Recomendaciones generales a la ciudadanía:

  • Hacer uso del transporte público.

  • Utilizar tapabocas al movilizarse en bicicleta o a pie.

  • Hacer uso eficiente del vehículo particular.

  • Implementar buenas prácticas de conducción, conducción sostenible o ecológica.

  • Realizar la revisión técnico mecánica de los vehículos para el respectivo control de la emisión de gases contaminantes.


 

Sábado, Marzo 23, 2024 - 18:55
Cursos de conducción para mujeres motociclistas: 

En Bogotá la mayoría de mujeres usuarias de moto fallecidas en las vías tenían entre 18 y 34 años

 

Foto - SDM: Curso de conducción para mujeres motociclistas

Foto - SDM: Curso de conducción para mujeres motociclistas 

 

  • En un 146% se ha incrementado la expedición de licencias de conducción de moto por mujeres en Bogotá.

  • El 55% de las mujeres motociclistas fallecidas en siniestros viales eran pasajeras y el 45% conductoras.

  • Cumplir con el límite de velocidad a 50 km/h, evitar maniobras peligrosas como el zigzagueo, respetar las normas de tránsito, entre otros, son algunos comportamientos que se buscan reforzar.

 

Bogotá. Mayo 20 de 2023. (@SectorMovilidad) Según un análisis hecho por la Secretaría Distrital de Movilidad, el 66% de mujeres usuarias de moto fallecidas en siniestros viales tenían entre 18 y 34 años de edad, esto con base en un comparativo entre enero de 2019 y 8 de mayo de 2023.

Es por eso que, en el marco del Mes de la Prevención Vial, la Secretaría de Movilidad y la Policía de Tránsito de Bogotá, realizaron una jornada exclusiva para mujeres motociclistas y se proyecta programar muchas más en lo corrido de 2023, ya que cada vez más, las mujeres hacen sus recorridos en este vehículo.

“Para el primer trimestre de 2023 respecto al mismo período de 2019, hemos identificado que el número de expediciones de licencias de conducción de moto tramitadas en el Distrito por mujeres se incrementó en un 146%, pasando de 3.491 a 8.584 (…) por eso, estamos desarrollando cursos de conducción exclusivos para las mujeres motociclistas, pues cada vez tenemos más conductoras novatas en las vías de la ciudad, y queremos fomentar una conducción más segura, el cuidado de la vida en las vías y el respeto a las normas de tránsito”: dijo Deyanira Ávila, Secretaría de Movilidad.

El análisis también revela que, durante 2022, 2 de cada 10 motociclistas fallecidas en siniestros viales no tenían licencia de conducción, y 4 de cada 10 tenían menos de 2 años de haber expedido la licencia de conducción. 

Otro de los hallazgos del análisis mostró que las mujeres representan el 20% de fallecidos* por siniestros viales en Bogotá, y las usuarias de moto el 37%. Así mismo, se evidenció que el 55% de las mujeres motociclistas fallecidas en siniestros viales eran pasajeras y el 45% conductoras, esto con base en el comparativo entre enero de 2019 y 8 de mayo de 2023. * Se incluyen las víctimas fallecidas en los siguientes 30 días desde la ocurrencia del siniestro vial. 

 

Curso Teórico Práctico de Conducción en Moto

A través de esta estrategias de pedagogía y cultura ciudadana se espera reducir el número de víctimas de siniestros viales en la ciudad, cuyo énfasis son las buenas prácticas de conducción y la seguridad vial para lograr una movilidad más segura de los usuarios de moto (conductor + acompañante).

Algunos de los cambios de comportamiento que se buscan reforzar son:

  • Conseguir que 50 km/h sea el límite máximo de velocidad adoptado por los conductores.

  • Mejorar la pericia al momento de manejar.

  • Identificar puntos ciegos en vehículos de gran tamaño.

  • Evitar maniobras peligrosas como el zigzagueo.

  • Lograr una conducción más segura.

  • Acatar las normas de tránsito.

  • Cuidar de los demás actores viales. 

 

Los cursos cuentan con cinco módulos de aprendizaje: 

  • Módulo 1: contexto sobre la siniestralidad vial en Bogotá, principales hipótesis y consecuencias de éstos.

  • Módulo 2: normatividad Nacional y Distrital, sanciones, causales de inmovilización, revisión técnico mecánica y señales de tránsito.

  • Módulo 3: elementos de protección personal, tips al momento de comprarlos, uso correcto del casco, tipos de certificación y las condiciones que deben cumplir; y principales lesiones corporales tras un siniestro vial.

  • Módulo 4: factores de riesgo en la vía, maniobras peligrosas y percepción de velocidad.

  • Módulo 5: técnicas de conducción preventiva, principales sistemas activos y pasivos de las motos, principios de eco conducción y alistamiento pre operacional.

 

Requisitos para inscribirse:

Para participar de manera gratuita en los cursos, los conductores de moto deben cumplir los siguientes requisitos: 

  • Llevar la motocicleta que conduce

  • Presentar la licencia de conducción 

 

La Secretaría de Movilidad invita a todos los conductores de moto a participar de manera activa en las jornadas que se desarrollarán durante todo el año a través de redes sociales y la página web de la entidad www.movilidadbogota.gov.co

 

 

Oficina Asesora de Comunicaciones y Cultura para la Movilidad

Secretaría Distrital de Movilidad

 

Martes, Mayo 23, 2023 - 12:16

Secretaría de Movilidad fortalece controles durante el fin de semana 

Bogotá, 27 de octubre de 2022 (@SectorMovilidad). La Secretaría Distrital de Movilidad y la Policía de Tránsito de Bogotá, hacen un llamado enfático a los ciudadanos que planean salir este fin de semana a celebrar la fiesta de Halloween.

Foto: control en vía por exceso de velocidad

Foto: control en vía por exceso de velocidad

                 

  • En 112 puntos se realizarán controles de velocidad y embriaguez durante este fin de semana. Los operativos aumentarán en un 33 % para proteger la vida.

  • En promedio, durante la celebración del Halloween, fallecen 6 actores viales por siniestros viales, lo que representa el 14 % de las fatalidades en octubre. 

  • En lo corrido de octubre, más de 50 mil conductores han sido sancionados por conducir con exceso de velocidad, principal factor de riesgo en la vía.

  • La entidad reitera el llamado a cumplir con las normas de tránsito, para salvar vidas en las vías y reducir los siniestros viales.

 

Bogotá, 27 de octubre de 2022 (@SectorMovilidad). La Secretaría Distrital de Movilidad y la Policía de Tránsito de Bogotá, hacen un llamado enfático a los ciudadanos que planean salir este fin de semana a celebrar la fiesta de Halloween, para asumir conductas seguras en la vía y no conducir en estado de embriaguez ni en exceso de velocidad, principal factor de riesgo en el tránsito.

Para garantizar la movilidad de la ciudad y proteger la vida de los ciudadanos, la Secretaría de Movilidad tiene listo un dispositivo que contempla la instalación de 112 puestos de control en diferentes zonas de la ciudad, con presencia de Agentes Civiles de Tránsito y la Policía de Tránsito quienes realizarán operativos para vigilar el cumplimiento de las normas. 

Es importante que todos los actores viales tengamos un buen comportamiento para reducir la siniestralidad. Todos los que celebramos estas festividades debemos cumplir las normas de tránsito principalmente en esta época de lluvias y si van a consumir licor, no manejen, entreguen las llaves y utilicen taxis”, manifestó, Deyanira Ávila, Secretaria de Movilidad.  

Estos controles se realizan en zonas de alta afluencia de público como restaurantes, zonas de rumba, comercio, principales corredores viales de la ciudad, entre otros. También las autoridades controlarán la movilidad y el mal parqueo en las vías de la capital del país. 

 

Comparendos en Bogotá 

  • Entre el 1 y el 26 de octubre de 2022, en la ciudad se han impuesto 50.772 por exceso de velocidad y 109 por conducir en estado de embriaguez.  

  • Entre el 28 de octubre y el 31 de octubre de 2021, (celebración de Halloween) se impusieron 4.726 comparendos, por exceso de velocidad, conducir en estado de embriaguez, mal parqueo, entre otros. 

 

Siniestralidad vial

Conducir en estado de embriaguez y con exceso de velocidad son dos de los principales factores de riesgo durante el fin de semana de Halloween. Según registros, en promedio durante el fin de semana de esta celebración, fallecen 6 actores viales por siniestros viales, lo que representa el 14 % de las fatalidades en octubre. 

Así mismo, se identificó que en promedio 177 actores viales resultan lesionados por siniestros viales durante un fin de semana de Halloween, lo que representa el 11% de los heridos de ese mes del año. En el año 2021, los adultos entre 20 y 59 años de edad fueron los más afectados.  

En el mismo periodo de Halloween de 2021, se identificó como horas críticas con mayor ocurrencia de siniestros viales, la tarde-noche, es decir, entre las 5:00 p.m. y las 2:00 a.m., afectando a los actores viales más vulnerables, los usuarios de moto (conductor + acompañante) y los peatones. 

Durante el año 2022, entre el 1 de enero y el 25 de octubre, fallecieron en el tránsito 430 actores viales, de ese total, 184 eran motociclistas, 158 peatones, 65 ciclistas, 13 pasajeros y 10 conductores.

 

Recomendaciones para la ciudadanía: 

Si va a tomar servicio de taxi:

  • Hacerlo en las zonas autorizadas de los centros comerciales o pedirlo por aplicación.

  • Recuerde que si usa taxi inteligente la tarifa se calcula de manera anticipada y no cambia. 

  • Recuerde que hemos habilitado zonas amarillas para que tome su taxi de manera segura y sin causar trancones. 

La Secretaría Distrital de Movilidad le recuerda a los conductores que el SOAT y la certificación de revisión técnico - mecánica son documentos obligatorios, que se pueden presentar de forma digital o física y que se renuevan cada año, no portarlos tiene sanciones económicas además de la inmovilización del vehículo.

También hace un llamado a todos los conductores a no exceder los límites de velocidad y a respetar las normas de tránsito para evitar siniestros viales y desenlaces fatales en el tránsito. 

 

 

Oficina Asesora de Comunicaciones y Cultura para la Movilidad

Secretaría Distrital de Movilidad

 

Jueves, Octubre 27, 2022 - 18:12

Páginas