Si. La entrega se autoriza respecto de los vehículos que se encuentren inmovilizados en los parqueaderos autorizados por la Entidad, producto de la contravención a una norma de tránsito o una norma de transporte público, siempre y cuando se subsane la falta que le dio origen y se efectúen los pagos pendientes por concepto de grúa y parqueadero. Ingrese aquí para conocer los requisitos y procedimiento para que se autorice la entrega de un vehículo cuya permanencia se ha prolongado en los parqueaderos autorizados por la Secretaría Distrital de Movilidad.
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