¿Qué tipo de garantías acepta la Secretaría de Movilidad para respaldar una facilidad de pago? | Secretaría Distrital de Movilidad
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Última modificación: 
Lun, 12/07/2021 - 14:57
Categoría Preguntas Frecuentes : 
Multas y Comparendos

¿Qué tipo de garantías acepta la Secretaría de Movilidad para respaldar una facilidad de pago?

Para el otorgamiento de una facilidad de pago, la Secretaría Distrital de Movilidad le exigira como respaldo del cumplimiento de la obligación la constitución de una garantía a su favor, cómo mínimo por valor igual o superior al doble del capital en mora de la obligación, más los intereses causados a la fecha de solicitud y las costas. Las garantías pueden ser:


1. Bancarias o póliza de garantía de pago. Estas son expedidas por entidades bancarias o financieras autorizadas y respaldan el pago por parte del deudor. Para ello, el solicitante deberá presentar el documento expedido por el banco o la respectiva compañía aseguradora en donde conste entre otras cosas la garantía del pago de la obligación a favor de la SDM en caso de incumplimiento del deudor principal.
 

2. Garantía real. Pueden ser: 

Hipotecas. Consiste en el respaldo de la deuda con bienes inmuebles. Se debe aportar el certificado de tradición donde conste que el deudor, tercero o codeudor es propietario del bien ofrecido y se encuentre libre de gravámenes.

Prenda. Consiste en el respaldo de la deuda con bienes muebles. Para ello, el solicitante deberá presentar el certificado de tradición donde conste que el deudor, tercero o codeudor es propietario del bien mueble ofrecido y se encuentre libre de gravámenes.

Fiducia de Garantía. Es un contrato donde se transfiere uno o varios bienes a título de fiducia mercantil. Para ello, el solicitante deberá presentar el certificado de garantía expedido por la respectiva compañía fiduciaria a favor de la SDM.
 

3. Garantía Personal. Esta garantía aplica respecto de un tercero que garantiza el pago de la deuda del deudor principal, el cual debe cumplir los mismos requisitos que el deudor.

El garante deberá denunciar bienes o presentar una certificación laboral y quien deberá tener un patrimonio líquido por lo menos tres veces superior a la deuda respaldada y no podrá ser deudor de la Tesorería Distrital. Este tipo de garantía aplica únicamente si la cuantía de la deuda no es superior a 3.000 UVT  ( Unidad de Valor Tributario). Para ello, el solicitante deberá presentar el certificado de tradición donde conste que es propietario del bien inmueble o mueble ofrecido y se encuentre libre de gravámenes, Certificación laboral y extractos bancarios según el caso.