¿Qué son las excepciones y cuánto plazo hay para ser presentadas? | Secretaría Distrital de Movilidad
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Última modificación: 
Lun, 19/07/2021 - 14:48
Categoría Preguntas Frecuentes : 
Multas y Comparendos

¿Qué son las excepciones y cuánto plazo hay para ser presentadas?

Las excepciones son un medio de defensa por medio del cual el deudor se opone al cobro de las multas derivadas de la imposición de un comparendo, las cuales deben ser presentadas dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación del mandamiento de pago y solamente se pueden citar las que se encuentran contenidas en el Art. 831 del Estatuto Tributario Nacional.

De acuerdo con el Art. 832 del Estatuto Tributario Nacional, la Secretaría Distrital de Movilidad tendrá un mes para resolver las solicitudes de excepciones. La resolución que las resuelve puede determinar lo siguiente:

1. Aceptar los argumentos o pruebas respecto a todas las obligaciones, ordenando el levantamiento de medidas cautelares si las hubiere y la terminación y archivo del proceso.

2. Aceptar los argumentos o pruebas parcialmente, evento en el cual se continuará el proceso respecto a las obligaciones que continuaran pendientes.

3. Aceptar los argumentos relacionados con una indebida notificación, evento en el cual se remitirá ante la Subdirección de Contravenciones o Subdirección de Transporte Público, según el caso, para la notificación en debida forma.

4. Rechazar los argumentos o pruebas, caso en el cual seordenará seguir adelante con la ejecución, y se podrá ordenar embargar, liquidar el crédito secuestrar y el posterior avaluó y remate de bienes siempre y cuando no se haya hecho con anterioridad.

Contra las excepciones resueltas desfavorablemente, y de acuerdo con lo previsto en el Art. 834 del ETN, el recurso de reposición se podrá interponer ante la Dirección de Gestión de Cobro, dentro del mes siguiente a la notificación del acto administrativo que resuleve y que la adminitración tendrá un mes contado a partir de su interposición en debida forma, para resolverlo.

Para ampliación de información ingrese a solicitud de excepción