¿Puede un conductor con licencia de servicio público vencida, conducir un vehículo de servicio particular? | Secretaría Distrital de Movilidad
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Última modificación: 
Lun, 24/01/2022 - 8:05
Categoría Preguntas Frecuentes : 
Información general

¿Puede un conductor con licencia de servicio público vencida, conducir un vehículo de servicio particular?

Para los nuevos formatos de licencia de conducción, expedidos a partir de 1 de enero de 2006, sí se permite conducir un vehículo de servicio particular con licencia de servicio público vencida, de conformidad con la Resolución 1500 de 2005, expedida por el Ministerio de Transporte, donde en el Par. 1° del Art. 4° indica: “Dentro de una misma nomenclatura, el titular de la Licencia de Conducción de mayor categoría podrá conducir vehículo de categoría inferior.”.  

Para las licencias de conducción expedidos antes del 1 de enero de 2006, con formatos anteriores y cuya vigencia para conducir vehículos de servicio público expiró, no se habilitan a su titular para la conducción de vehículo de servicio particular, según lo conceptuado por el Ministerio de Transporte.

Bajo el formato actual de la licencia de conducción, la vigencia de cada una de las licencias de conducción que posea un ciudadano se encuentra registrada en el documento o licencia de conducción que se le entrega, por lo tanto para conducir un vehículo de servicio particular la licencia de conducción para dicho servicio debe estar vigente.

Si no se tiene la intención de continuar conduciendo vehículos de servicio público, resulta favorable recategorizar hacia abajo teniendo en cuenta que, según la edad, la licencia tendría una mayor vigencia comparada con las licencias que se expiden para servicio público. Para disminuir la categoría solo se requiere examen físico, mental y de coordinación motriz,es decir, no se requiere curso de conducción.

Para conocer la vigencia de las licencias de conducción puede consultar el Art. 197 del Decreto 019 de 2012 expedido por el Ministerio de Transporte

Para conocer las categorías de las licencias de conducción puede consultar la Resolución 001500 de junio de 2005 expedida por el Ministerio de Transporte