¿Cuál es el procedimiento para retirar una motocicleta inmovilizada en patios por infringir una norma de tránsito? | Secretaría Distrital de Movilidad
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Última modificación: 
Mié, 26/10/2022 - 12:08
Categoría Preguntas Frecuentes : 
Multas y Comparendos

¿Cuál es el procedimiento para retirar una motocicleta inmovilizada en patios por infringir una norma de tránsito?

1. El agendamiento para el retiro de vehículos inmovilizados, se hará a través de la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad o comunicandose a través de la Linea 601 364 94 00, opción 2. 
 

  • Si la motocicleta fue inmovilizada por las infracciones B01, C14, D02, D03, D04, D05, D06 y D07y H02 podrá solicitar la orden de entrega de manera virtual, siguiendo el procedimiento establecido en salida de patios.
     
  • Si la inmovilización se produjo por la INF. C02 y el conductor no estaba presente, se agendará únicamente al propietario del vehículo, quien debe asistir en compañía del infractor.
     
  • El trámite de retiro de vehículo de patios solo lo puede realizar: Propietario, Infractor o Autorizado con poder, este último solo podrá ser autorizado por el propietario del vehículo y no por el infractor.  Par 2° Art. 125 de la Ley 769 de 2002
     
  • Si el propietario no es quién se presentará a la audiencia, o corresponde a la imposición de un comparendo con la infracción D02, deberá acudir directamente al Centro de Servicios de Movilidad, previo agendamiento.


2. Previo a la audiencia, subsane la falta que dio origen a la inmovilización, si aplica. Esta se puede corregir directamente en el parqueadero, (Ej. Luces, llantas, exosto, colores) o acreditarla en la audiencia (presentación de casco, chaleco, documentos de conductor y/o vehículo).

  • Si la inmovilización fue producto de revisión técnico-mecánica, el vehículo deberá salir en grúa bien sea particular o de la concesión de la Secretaría de Movilidad, autorización que se entrega durante el desarrollo de la audiencia.
     
  • Parqueadero autorizado para la custodia de los vehículos inmovilizados por infringir las normas de tránsito y transporte. Alamos, Transversal 93 # 53-35. (Atención 24 horas del día). Único autorizado para la inmovilización de vehículos por infracciones a las normas de tránsito.


3. Para autorizar la salida de la moto del parqueadero, usted debe tener los siguientes documentos:

Documento de identificación
Orden de comparendo
Inventario de parqueadero (se reclama directamente en el Centro de Servicios de Movilidad)
Registro de subsanación, si aplica. (Lo expide el patio si la subsanación se realizó dentro de estas instalaciones, de lo contrario, lo puede reclamar en el Centro de Servicios de Movilidad)
Licencia de tránsito

Licencia de conducción
Seguro obligatorio
Certificado de revisión técnico mecánica

  • La salida se ordena directamente al infractor y/o propietario del vehículo, si se trata de un tercero, se requerirá la autorización autenticada ante notaria, por parte del propietario.
     
  • Si la infracción corresponde a la C02 sin que estuviese presente el conductor, se autorizará únicamente al propietario.
     
  • Si se trata de poseedor, recuerde adelantar el trámite en el SuperCADE de Movilidad, observando, las recomendaciones contenidas en orden de entrega de vehículos inmovilizados
     
  • Si la inmovilización fue producto de revisión técnico-mecánica, el vehículo deberá salir en grúa bien sea particular o de la Secretaría de Movilidad, autorización que se entrega durante el desarrollo de la audiencia.


4. Una vez se autorice la salida en la audiencia, realice el pago por concepto de servicio de parqueadero y grúa, a través de cualquiera de los siguientes medios:

PSE

CADE de Fontibón. Centro Comercial Viva Fontibón Diagonal 16 No. 104-51, lunes a viernes de 7 a.m. a 4 p.m. (No habilitado mientras subsista emergencia sanitaria)

Oficinas banco Caja Social y banco de Occidente corresponsales bancarios Grupo Éxito  (Carulla, SuperInter, Surtimax y Éxito) y corresponsales bancarios Red Banco Amigo

  • Ingrese a servicio de patios y/o grúa para conocer los valores a cancelar por estos conceptos. La consulta aplica únicamente para vehículos inmovilizados a partir del 1° de abril de 2019


5. Efectué primero el pago de la multa, y posteriormente realice el curso de pedagogía por infracción a las normas de tránsito, dentro del término establecido para poder obtener el descuento del 50% 0 25% del valor de la multa, según corresponda.

  • Para que se autorice la salida del vehículo no es requisito el pago de la multa y realización del curso, excepto en las inmovilizaciones  producto de las infracciones (D3, D4, D5, D6 o D7), conforme con lo previsto en el Art. 21 de la Ley 1383, que modifica el Art. 131 del CNT.