admsdm | Preguntas frecuentes | 7 de julio de 2017 |
Sí. Fue implementado a través de la expedición del Acuerdo N° 671 del 18 de mayo de 2017 emitido por el Concejo de Bogotá y el procedimiento para acceder a éste fue implementado mediante la expedición del Decreto 311 del 14 de junio de 2017 emitido por la Alcaldía Mayor de Bogotá.
El descuento aplica respecto al valor de los intereses de las multas impuestas por infracciones de tránsito y de transporte en la jurisdicción de Bogotá D.C., cometidas con anterioridad al 31 de diciembre de 2014, que cancelen el ciento por ciento (100%) del valor del capital de la multa. Así:
% DESCUENTO
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FECHA MÁXIMA DE PAGO
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INTERESES
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80%
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30 de Julio de 2017
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50%
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30 de septiembre de 2017
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25%
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15 de diciembre de 2017
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Para acceder al descuento, tener en cuenta la información que aplica dependiendo si corresponde a una infracción de tránsito o una infracción de transporte.
TIPO DE MULTA |
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MULTAS OBJETO DE DESCUENTO |
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OPCIÓN HABILITADA PARA DESCARGAR VOLANTE DE PAGO |
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PUNTOS HABILITADOS PARA ATENCIÓN PERSONALIZADA |
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DESCUENTO EN FACILIDADES DE PAGO |
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MEDIOS DE PAGO |
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* Los intereses moratorios de las multas por infracciones de tránsito solamente aplican frente a las órdenes |
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de comparendo impuestas con posterioridad a la modificación introducida por la Ley 1383 del 16 de marzo de 2010, |
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anterior a esta fecha las multas no generaban intereses moratorios, por ende no les aplica descuento. |