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Eliminaciones Documentales-TRD

1.    De acuerdo a lo establecido en la Ley 594 de 2000 en su artículo 24, el cual indica “Obligatoriedad de las tablas de retención. Será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.”, se identificó en la TRD del decreto 567 de 2006 de la Dirección de Servicio al Ciudadano, la serie documental HISTORIAL DE VEHÍCULOS y su subserie Historial de Vehículos Inmovilizados de las vigencias 2014 y 2015, la cual cumplió su tiempo de retención, uno (1) años en Archivo de Gestión y cuatro (4) años en el Archivo Central, por ende, se aplicará su disposición final, teniendo en cuenta lo dispuesto en TRD (Eliminación). Por lo anterior, se dará cumplimiento a lo estipulado en el artículo No.22 del Acuerdo 04 de 2019 del Archivo General de la Nación, en que se establece un tiempo de publicación de sesenta (60) días hábiles, a partir del 16 de marzo de 2023 hasta el 13 de junio de 2023.

 

2.    De acuerdo a lo establecido en la Ley 594 de 2000 en su artículo 24, el cual indica “Obligatoriedad de las tablas de retención. Será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.”, se identificó en la TRD del decreto 567 de 2006 de la Dirección de Servicio al Ciudadano, la serie documental HISTORIAL DE VEHÍCULOS y su subserie Historial de Vehículos Inmovilizados de las vigencias 2015, 2016 y 2017, la cual cumplió su tiempo de retención, uno (1) años en Archivo de Gestión y cuatro (4) años en el Archivo Central, por ende, se aplicará su disposición final, teniendo en cuenta lo dispuesto en TRD (Eliminación). Por lo anterior, se dará cumplimiento a lo estipulado en el artículo No.22 del Acuerdo 04 de 2019 del Archivo General de la Nación, en que se establece un tiempo de publicación de sesenta (60) días hábiles, a partir del 10 de mayo de 2023 hasta el 09 de agosto de 2023.

1.    De acuerdo a lo establecido en la Ley 594 de 2000 en su artículo 24, el cual indica “Obligatoriedad de las tablas de retención. Será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.”, se identificó en la TRD del decreto 567 de 2006 de la Subdirección de Contravenciones de Tránsito, la serie documental PROCESOS CONTRAVENCIONALES y su subserie Procesos Contravencionales de Impugnación de Comparendos de la vigencia 2010, la cual cumplió su tiempo de retención, dos (2) años en Archivo de Gestión y ocho (8) años en el Archivo Central, por ende, se aplicará su disposición final, teniendo en cuenta lo dispuesto en TRD (Selección/Eliminación). Por lo anterior, se dará cumplimiento a lo estipulado en el artículo No.22 del Acuerdo 04 de 2019 del Archivo General de la Nación, en que se establece un tiempo de publicación de sesenta (60) días hábiles, a partir del 13 de octubre de 2021 hasta el 11 de enero de 2022.

 

2.    De acuerdo a lo establecido en la Ley 594 de 2000 en su artículo 24, el cual indica “Obligatoriedad de las tablas de retención. Será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.”, se identificó en la TRD del decreto 567 de 2006 de la Dirección de Servicio al Ciudadano, la serie documental CURSOS PEDAGÓGICOS PARA INFRACTORES A LAS NORMAS DE TRÁNSITO de las vigencias 2012 a 2016, la cual cumplió su tiempo de retención, dos (2) años en Archivo de Gestión y tres (3) años en el Archivo Central, por ende, se aplicará su disposición final, teniendo en cuenta lo dispuesto en TRD (Eliminación). Por lo anterior, se dará cumplimiento a lo estipulado en el artículo No.22 del Acuerdo 04 de 2019 del Archivo General de la Nación, en que se establece un tiempo de publicación de sesenta (60) días hábiles, a partir del 30 de septiembre de 2022 hasta el 29 de diciembre de 2022.

1.    De acuerdo a lo establecido en la Ley 594 de 2000 en su artículo 24, el cual indica “Obligatoriedad de las tablas de retención. Será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.”, se identificó en la TRD del decreto 567 de 2006 de la Subdirección de Contravenciones de Tránsito, la serie documental PROCESOS CONTRAVENCIONALES de las vigencias 2006 a 2009, la cual cumplió su tiempo de retención, dos (2) años en Archivo de Gestión y ocho (8) años en el Archivo Central, por ende, se aplicará su disposición final, teniendo en cuenta lo dispuesto en TRD (Selección/Eliminación). Por lo anterior, se dará cumplimiento a lo estipulado en el artículo No.22 del Acuerdo 04 de 2019 del Archivo General de la Nación, en que se establece un tiempo de publicación de sesenta (60) días hábiles, a partir del 02 de febrero de 2020 hasta el 30 de abril de 2020.

 

2.    De acuerdo a lo establecido en la Ley 594 de 2000 en su artículo 24, el cual indica “Obligatoriedad de las tablas de retención. Será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.”, se identificó en la TRD del decreto 567 de 2006 de la Dirección de Servicio al Ciudadano, la serie documental PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SOLUCIONES (PQRS) de las vigencias 2007 a 2010, la cual cumplió su tiempo de retención, dos (2) años en Archivo de Gestión y ocho (8) años en el Archivo Central, por ende, se aplicará su disposición final, teniendo en cuenta lo dispuesto en TRD (Selección/Eliminación). Por lo anterior, se dará cumplimiento a lo estipulado en el artículo No.22 del Acuerdo 04 de 2019 del Archivo General de la Nación, en que se establece un tiempo de publicación de sesenta (60) días hábiles, a partir del 28 de febrero de 2020 hasta el 29 de mayo de 2020.


3.    De acuerdo a lo establecido en la Ley 594 de 2000 en su artículo 24, el cual indica “Obligatoriedad de las tablas de retención. Será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.”, se identificó en la TRD de la Dirección Servicio al Ciudadano, la serie documental HISTORIAL DE VEHÍCULOS y su subserie Historial de Vehículos Inmovilizados de la vigencia 2014, la cual cumplió su tiempo de retención, un (1) año en Archivo de Gestión y cuatro (4) años en el Archivo Central, por ende, se aplicará su disposición final, teniendo en cuenta lo dispuesto en TRD (Eliminación). Por lo anterior, se dará cumplimiento a lo estipulado en el artículo No.22 del Acuerdo 04 de 2019 del Archivo General de la Nación, en que se establece un tiempo de publicación de sesenta (60) días hábiles, a partir del 24 de febrero de 2020 hasta el 25 de mayo de 2020.

 

4.    De acuerdo a lo establecido en la Ley 594 de 2000 en su artículo 24, el cual indica “Obligatoriedad de las tablas de retención. Será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.”, se identificó en la TRD de la Dirección de Asuntos Legales, la serie documental ACCIONES CONSTITUCIONALES y su subserie Acciones de Tutela de las vigencias 2007 a 2016, la cual cumplió su tiempo de retención, cinco (5) año en Archivo de Gestión y dos (2) años en el Archivo Central, por ende, se aplicará su disposición final, teniendo en cuenta lo dispuesto en TRD (Selección/Eliminación). Por lo anterior, se dará cumplimiento a lo estipulado en el artículo No.22 del Acuerdo 04 de 2019 del Archivo General de la Nación, en que se establece un tiempo de publicación de sesenta (60) días hábiles, a partir del 03 de marzo de 2020 hasta el 29 de mayo de 2020.

 

5.    De acuerdo a lo establecido en la Ley 594 de 2000 en su artículo 24, el cual indica “Obligatoriedad de las tablas de retención. Será obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.”, se identificó en la TRD del decreto 567 de 2006 de la Subdirección de Contravenciones de Tránsito, la serie documental PROCESOS CONTRAVENCIONALES y su subserie Procesos Contravencionales de Revocatoria de Actos Administrativos Contravencionales de las vigencias 2007 a 2015, la cual cumplió su tiempo de retención, dos (2) años en Archivo de Gestión y tres (3) años en el Archivo Central, por ende, se aplicará su disposición final, teniendo en cuenta lo dispuesto en TRD (Eliminación). Por lo anterior, se dará cumplimiento a lo estipulado en el artículo No.22 del Acuerdo 04 de 2019 del Archivo General de la Nación, en que se establece un tiempo de publicación de sesenta (60) días hábiles, a partir del 01 de septiembre de 2020 hasta el 26 de noviembre de 2020.