¿Puede un vehículo automotor transitar con la copia auténtica de la licencia de tránsito? | Secretaría Distrital de Movilidad
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¿Puede un vehículo automotor transitar con la copia auténtica de la licencia de tránsito?

 

   admsdm   Preguntas frecuentes  23 de noviembre de 2017

La licencia de tránsito es el documento público que identifica un vehículo automotor, acredita su propiedad e identifica a su propietario y autoriza a dicho vehículo para circular por las vías públicas y por las privadas abiertas al público.

El Art. 34 del Código Nacional de Tránsito establece que en ningún caso podrá circular un vehículo automotor sin portar la licencia de tránsito correspondiente.

A su vez, el Art. 36 establece que el formato de la licencia de tránsito será único nacional, por lo cual, fue adoptada la Ficha Técnica para su elaboración, donde se establece unas características y requisitos que debe cumplir dicho documento, respecto a los materiales, las tintas y aspectos de seguridad entre otros, los cuales hacen indispensable que se porte la licencia de tránsito en original, no considerando procedente por razones obvias, que se porte la copia auténtica o fotocopia del documento en mención.

El Ministerio de Transporte a su vez ha conceptualizado que, en ningún caso, se permite el tránsito del vehículo con copia auténtica de este documento.