Resolución 001 de 2022 | Secretaría Distrital de Movilidad
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Resolución 001 de 2022

Edicto de convocatoria N° 1 del decreto N° 557 de 2021 - Publicación del 01 de febrero de 2021

INFORMACIÓN IMPORTANTE: La SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD, TRANSMILENIO S.A. y la Alcaldía de Bogotá hace saber a quien pueda interesar, que:

En cumplimiento del Artículo 3 de Resolución No. 001 de 2022, expedida por la Secretaría Distrital de Movilidad y TRANSMILENIO S.A. se hace apertura formal de invitación a los propietarios de los vehículos listados a continuación, para que, de manera voluntaria, manifiesten su intención de acogerse al procedimiento establecido en el Decreto Distrital 557 de 2021 reglamentado mediante la Resolución No. 01 de 2022 expedida por la Secretaría Distrital de Movilidad del plan de desarrollo 2020-2024.

El proceso de postulación inició el 1° de febrero del 2022, se prolongará hasta el 2 de mayo del 2022 y debe adelantarse en las oficinas administrativas de TRANSMILENIO S.A. ubicadas en la Av. Eldorado No. 69-76 edificio Elemento Torre 1, piso 2.

Se dará apertura del proceso a través del ente gestor por lo que la convocatoria de los propietarios / beneficiarios se hará en virtud de la normativa y los lineamientos dispuestos para dicho fin.

Se debe tener en cuenta que, en caso de que los propietarios / beneficiarios cursen actualmente una acción legal y/o proceso judicial activo en contra del distrito o TRANSMILENIO S.A., no es impedimento para adelantar la solicitud de reconocimiento dentro de la nor ativa vigente. No obstante, se reitera que el desistimiento de estos procesos es necesario para hacer efectivo el desembolso.

De igual manera se establece que los vehículos automotores que presenten limitaciones a la propiedad, registrada en el certificado de tradición y libertad vehicular-SIM no impide la solicitud de postulación, sin embargo, para proceder con la aprobación, es necesario presentar certificado de tradición actualizado sin gravámenes para radicar cuenta de cobro.

Toda postulación está sujeta a verificación del cumplimiento de la totalidad de requisitos establecidos en la norma, que serán verificados por las áreas competentes de TRANSMILENIO S.A. y la Secretaría Distrital de Movilidad, motivo por el cual este listado es meramente enunciativo y no otorga ningún derecho, pero surte efectos de cara a los plazos, incentivos, ajustes y disminuciones establecidas dentro del decreto.

El término otorgado para la presentación de las solicitudes por parte de los propietarios de los vehículos se encuentra descrito en el Art. 4 de la Resolución No. 001 de 2022, expedida por la Secretaría Distrital de Movilidad.