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Presentación de proyecto de inversión para dar viabilidad técnica, legal y financiera

Con el fin de dar aplicación al principio de coordinación interinstitucional para incentivar el uso de la bicicleta como medio de transporte seguro y sostenible, durante la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en el Distrito Capital, se expidió el Acuerdo Distrital 780 de 2020 en el cual se establecen incentivos para la reactivación económica respecto al impuesto de Industria y Comercio y su complementario de Avisos y Tableros para la actividad de instalación de cicloparqueaderos en espacios privados. 

Conforme a ello, y en virtud del Decreto Reglamentario 091 de 2021, esté formulario está dirigido a contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio y su complementario de Avisos y Tableros cuya actividad económica no sea plazas de estacionamiento para automóviles, garajes (parqueaderos) o estacionamientos para bicicletas que deseen presentar un proyecto de inversión donde se avale la viabilidad técnica legal y financiera para la habilitación y/o mantenimiento de cicloparqueaderos.

Una vez entregada toda la información por parte del contribuyente, solicitada en el presente formulario, la Secretaría distrital de Movilidad revisará la presentación de todos los documentos enviados por el contribuyente y en caso de corroborar que estén en orden, se procederá a enviar la documentación al Comité interinstitucional, el cuál otorgará o negará el aval para el proyecto de inversión presentado.

El contribuyente declara que la información consignada y anexa a este formulario es veraz y admite que cualquier omisión o inexactitud en estos documentos podrá ocasionar el rechazo de esta solicitud y/o la cancelación del beneficio tributario otorgado por el comité interinstitucional.

Los proyectos de inversión, presentados a continuación, deben caracterizarse por:

  1. Estar acorde con los parámetros exigidos en el Acuerdo Distrital 780 de 2020 y el Decreto Reglamentario 091 de 2021.
  2. En caso de que el proyecto de inversión se encuentre en el marco de antejardines. El contribuyente debe cumplir con el Decreto 200 de 2019
  3. Presentar información veraz y actualizada.
  4. Cumplir con los procedimientos y parámetros establecidos en el instructivo para dar la viabilidad técnica. Legal y financiera del proyecto de inversión, por parte del comité interinstitucional.

El almacenamiento y uso de la información personal se regirá por lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, el Manual de Protección de Datos Personales de la Secretaría Distrital de Movilidad y las demás normas que las modifiquen, adicionen o complementen, teniendo en cuenta el derecho que tienen todas las personas de conocer, actualizar y rectificar la(s) información(es) que la Secretaría Distrital de Movilidad y el Comité Interinstitucional, registre en las bases de datos o archivos susceptibles de tratamiento.