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¿Se puede realizar trámites de un vehículo propio a través de un tercero?

Creado:29/08/2025 - Actualizado:19/02/2026

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Sí. De acuerdo con el Art 5° de la Resolución 12379 de 2012, del Ministerio de Transporte, cuando los trámites  ante un organismo de tránsito, se realicen a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y  deberá presentar el contrato de mandato o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites relacionados  a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

En Bogotá los trámites relacionados con vehículos se realizan ante la Concesión Servicios Integrales para la Movilidad VUS.