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¿Qué procedimiento se debe seguir ante la declaración de abandono de un vehículo cuya entrega fue solicitada por el poseedor sin éxito?

Creado:03/08/2025 - Actualizado:19/02/2026

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La declaración administrativa de abandono es una figura mediante la cual se reconoce que el propietario o poseedor de un vehículo ha omitido su retiro del parqueadero autorizado, así como el pago de los servicios generados por concepto de grúa y/o parqueadero.

Si usted, en su momento, realizó la gestión para retirar el vehículo inmovilizado pero la entrega no fue autorizada por no figurar como propietario inscrito, cuenta con las siguientes opciones:

  • Legalizar el traspaso del vehículo ante el organismo de tránsito donde se encuentra matriculado.
  • Si el vehículo fue objeto de un traspaso a persona indeterminada, podrá legalizar el trámite a su nombre como poseedor.
  • En caso de no contar con el contrato de compraventa y si el vehículo no ha sido traspasado a persona indeterminada, podrá acercarse al SuperCADE de Movilidad, ubicado en la Calle 13 No. 37 – 35, piso 2°, con los documentos que lo acrediten como poseedor. Estos serán analizados para determinar la viabilidad de autorizar la entrega del vehículo.

Tenga en cuenta que, en cualquiera de los casos anteriores, la entrega del vehículo solo se autorizará una vez se acredite el pago total por concepto de patios, grúa y la subsanación de la causa que originó la inmovilización