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¿Qué es el SIRC y para qué sirve?

Creado:03/08/2025 - Actualizado:10/02/2026

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El Sistema de Información y Registro de Conductores (SIRC) es una herramienta implementada por las autoridades municipales que permite identificar en línea y en tiempo real a los conductores de vehículos de servicio público de transporte individual de pasajeros, así como el vehículo que cada uno de ellos conduce.

Esta funcionalidad está establecida en el Art. 2.2.1.3.8.9 del Decreto 1079 de 2015, que regula el transporte público en Colombia.

¿Qué obligación tienen las empresas frente al SIRC?

De acuerdo con el Art. de la Resolución 220 de la Secretaría Distrital de Movilidad y el Art. 2.2.1.3.8.14 del Decreto Nacional 1079 de 2015, las empresas habilitadas para prestar el servicio de Transporte Público Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en el nivel básico dentro del Distrito Capital tienen la obligación de:

  • Registrar en el SIRC la información contenida en las tarjetas de control de los conductores,
  • Hacer este registro al momento de la expedición o refrendación de dichas tarjetas,
  • Asignar a cada tarjeta el número entregado por el SIRC.

¿Qué información debe reportarse y en qué plazos?

A continuación, se relaciona los apartes normativos donde se indica qué información se debe reportar, el procedimiento y los plazos.


 

Información a reportarDefinida en el Art. 4° de la Resolución 220 del 27 de noviembre de 2017. Se debe seguir las instrucciones del anexo 2 que hace parte integral de la citada resolución.
Procedimiento para la inscripciónDefinido en el Art. 8° de la Resolución 220 del 27 de noviembre de 2017
Procedimiento para la verificación de plataformasDefinido en el Art. 10° de la Resolución 220 del 27 de noviembre de 2017
Plazos PublicaciónEl plazo para que las empresas de servicio público individual de pasajeros suministren la información a través del aplicativo habilitado por la Secretaría de Movilidad y la implementación del sistema de cobro se prolonga hasta el 27 de mayo de 2018 y el plazo para publicar la información de los vehículos vinculados a cada empresa se prolonga hasta el 27 de junio de 2018. Lo anterior de acuerdo con la modificación emitida mediante la Resolución 055 del 23 de marzo de 2018 (Derogada por la Resolución 103 del 25 de mayo de 2018)