El BDME es un registro en el que se incluyen tanto a personas naturales como jurídicas que tengan una obligación pendiente con alguna entidad pública, cuyo monto supere los 5 SMMLV
Si tiene deudas por multas de tránsito o transporte, podría ser reportado al BDME, al encontrarse bajo las siguientes condiciones:
- Que el saldo pendiente supere los cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Para el año 2025, este valor equivale a $5.800.000.
- Que la deuda tenga una mora superior a seis (6) meses.
- Que, habiendo suscrito un acuerdo de pago, este no haya sido cumplido.
Esta medida se encuentra respaldada por el Parágrafo 3° del Artículo 2° de la Ley 901 de 2004 y el Numeral 5° del Artículo 2° de la Ley 1066 de 2006.
¿Cómo saber si ha sido reportado?
Para verificar si ha sido incluido en el BDME por multas de tránsito o transporte, siga estos pasos:
1. Acceda a Consultas al Boletín de Deudores Morosos del Estado.
2. Regístrese y realice la consulta ingresando su número de cédula.
3. El resultado mostrará dos secciones:
- Monto de la deuda
- Incumplimiento de acuerdo de pago, en caso de que haya firmado uno.
Si ya canceló su deuda, pero aún figura reportado con el código 210111001113 y las iniciales SDM en el número de obligación, deberá dirigirse al Centro de Servicios de Movilidad (Calle 13 N° 37-35) para solicitar la actualización de la base de datos.
Consecuencias del reporte en el BDME
Anteriormente, las personas reportadas en el BDME no podían celebrar contratos con el Estado ni tomar posesión de cargos públicos hasta demostrar el pago de la deuda o la vigencia de un acuerdo de pago. Sin embargo, estas restricciones fueron declaradas inexequibles por la Corte Constitucional mediante sentencia C- 1083 de 2015. Ver circular.
A pesar de ello, la Secretaría Distrital de Movilidad debe seguir reportando a los deudores ante la Contaduría General de la Nación, conforme a la normativa vigente.
