Pasar al contenido principal

¿Es válido conducir un vehículo particular con una licencia de servicio público vencida?

Creado:03/08/2025 - Actualizado:01/09/2026

Creado: [node:created] | Actualizado: [node:changed]

No, no es válido conducir un vehículo particular con una licencia de conducción de servicio público vencida.

De acuerdo con la Ley 769 de 2002, para transitar legalmente en Colombia, el conductor debe contar con una licencia de conducción vigente que corresponda a la categoría del vehículo que está manejando o a una categoría superior autorizada.

Al vencerse la vigencia del documento se genera:
 

  • Pérdida de validez: La licencia de servicio público pierde toda validez legal para la conducción de cualquier tipo de vehículo.
  • Sanciones: Conducir con la licencia vencida constituye una infracción de tránsito (Infracción B.01 del Código Nacional de Tránsito), la cual conlleva una multa económica e incluso la inmovilización del vehículo.

Recomendación:

Si no se tiene la intención de continuar conduciendo vehículos de servicio público, resulta favorable recategorizar hacia abajo teniendo en cuenta que, según la edad, la licencia tendría una mayor vigencia comparada con las licencias que se expiden para servicio público. Para disminuir la categoría solo se requiere examen físico, mental y de coordinación motriz, es decir, no se requiere curso de conducción.

Para conocer la vigencia de las licencias de conducción puede consultar el Art. 197 del Decreto 019 de 2012 expedido por el Ministerio de Transporte.

Para conocer las categorías de las licencias de conducción puede consultar la Resolución 001500 de junio de 2005 expedida por el Ministerio de Transporte.