Sí, se puede cambiar el servicio de un taxi a particular, pero debes tener en cuenta lo siguiente:
- En Bogotá, según el Art 3° del Decreto Distrital 260 de 2006, cuando un taxi cambia de servicio público a particular, no se tiene derecho a reponer el cupo en el servicio público ni se puede revertir el cambio después.
- A nivel nacional, de acuerdo con el Decreto 1079 de 2015:
Un taxi debe permanecer como servicio público mínimo cinco (5) años desde la fecha de expedición de su licencia de tránsito.
Después de cumplir los cinco años, el propietario puede solicitar el cambio a servicio particular.
Para reponer el cupo en el servicio público, se debe hacer con un vehículo nuevo.
- En el caso de los taxis de lujo, el tiempo mínimo en servicio es de siete (7) años contados desde la expedición de la licencia de tránsito, según el Art. 7° del Decreto 2297 de 2015. Cumplidos los siete años, el propietario deberá:
Reponer el vehículo,
Cambiarlo a servicio básico,
O solicitar el cambio a servicio particular.
Importante:
El plazo para hacer la reposición es de dos (2) años contados a partir de la fecha de vencimiento del tiempo de uso permitido.
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