La restricción consiste en limitar la circulación de los taxis amarillos en ciertos días y horarios dentro de la ciudad. Esta medida fue establecida mediante el Decreto 660 del 27 de agosto de 2001 y posteriormente modificado por el Decreto 475 del 12 de agosto de 2019. (Derogados y compilados por el Decreto Único del Sector de Movilidad 652 de 2025 Art. 260 y SS)
¿Cuándo aplica?
- De lunes a sábado, entre las 5:30 a.m. y las 9:00 p.m.
- No aplica los domingos ni festivos.
¿Cómo funciona la restricción?
- Cada taxi tiene restringida la circulación según el último dígito de su placa.
- La programación es rotativa: por ejemplo, si una semana un taxi tiene restricción el viernes, la siguiente semana será el jueves, luego miércoles, y así sucesivamente.
- Cada día se restringen dos dígitos de placa, de acuerdo con un calendario oficial.
Excepciones
Los vehículos que se encuentran exceptuados de esta restricción corresponden a los que cumplen con las condiciones indicadas en el Par. 1° del Artículo 1° del Decreto 475 de 2019 (Derogado y compilado por el Decreto Único del Sector de Movilidad 652 de 2025 Par. del Art. 260)
La programación se encuentra disponible en la página web de la Secretaría de Movilidad, ingresando aquí
