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¿En qué consiste el traspaso a persona indeterminada?

Creado:03/08/2025 - Actualizado:20/02/2026

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El traspaso a persona indeterminada es un procedimiento especial implementado por el Ministerio de Transporte que data del año 2008 y que procede cuando el vendedor de un vehículo desconoce su paradero, habiendo mediado una compraventa que no fue registrada ante el organismo de tránsito donde se encontraba matriculado el vehículo. 

Actualmente, el trámite se encuentra autorizado de manera transitoria hasta el 6 de febrero de 2026, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 20253040049955 del 4 de diciembre de 2025, compilada en el artículo 5.3.3.10 de la Sección 3 del Título 5 de la Resolución 20223040045295 de 2022. Vencido este plazo, no será posible radicar solicitudes de traspaso a persona indeterminada.

Actualmente, si usted figura como propietario de un vehículo ante un organismo de tránsito, pero ya no lo posee debido a una venta que no fue formalizada, puede iniciar el procedimiento especial de traspaso a persona indeterminada.

Para ello, debe cumplir con ciertos requisitos, entre los cuales se destacan: haber dejado de poseer el vehículo por un período mínimo de tres años, acreditar el pago de impuestos de los últimos cinco años y no contar con el contrato de compraventa. Cabe señalar que para este trámite no se exige la validación del SOAT ni la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.

Es importante tener en cuenta que existen causales específicas por las cuales no procede el traspaso a persona indeterminada, las cuales están establecidas en el Art.  de la Resolución No 0003282 de 2019, expedida por el Ministerio de Transporte. Para una mayor comprensión de estas causales, puede consultar el Memorando No 20194200483721, emitido por la misma entidad.

Por otro lado, si usted figura como propietario de un vehículo del cual no tiene la posesión y no recuerda la placa ni el organismo de tránsito donde fue matriculado, deberá presentar una solicitud de información mediante derecho de petición a la concesión RUNT. Esta solicitud debe enviarse al correo electrónico: contactenos@runt.com.co, explicando los motivos de la solicitud y adjuntando una fotocopia del documento de identidad del titular registrado como propietario.

Para ampliación de información sobre costos, condiciones y requisitos ingrese aquí

Recuento normativo

Resolución No 005194 del 10 de diciembre de 2008 autorizó el traspaso a persona indeterminada por un año.
Resolución No 005991 del 4 de diciembre de 2009 amplía el plazo hasta el 10 de diciembre de 2011.
Resolución No 10028 del 12 de octubre de 2012 amplía el traspaso a persona indeterminada por dos años.
Resolución No 0003123 del 17 de octubre de 2014 prorroga la vigencia de la Resolución 10028 de 2012 por un año.
Resolución No 0004098 de 16 de octubre de 2015, amplía plazo hasta el 16 de octubre de 2016.
Resolución No 0005709 del 26 de diciembre de 2016 autorizó el traspaso a persona indeterminada por dos años.
Resolución No 0003282 del 5 de agosto de 2019 autoriza el traspaso a persona indeterminada por tres años a partir de la publicación de esta resolución.
Resolución No 20223040044765 del 2 de agosto de 2022, prorroga la vigencia de la Resolución 3282 de 2019 por el término de tres años
Resolución No 20253040030725 del 5 de agosto de 2025, prorroga la vigencia respecto al registro de propiedad de un vehículo a persona indeterminada y registro a favor del interesado hasta el 5 de diciembre de 2025.
Resolución No. 20253040049955 del 4 de diciembre de 2025, otorga un plazo adicional para el cierre definitivo al trámite de traspaso de un vehículo a persona indeterminada hasta el 6 de febrero de 2026