Bogotá, 9 de septiembre de 2026. La Secretaría Distrital de Movilidad actualizó los requisitos que deben cumplir los proyectos de vivienda, comercio, servicios, industria, dotacionales e instrumentos de planeación en materia de movilidad.
La nueva regulación establece que no todos los proyectos tendrán las mismas exigencias: los de menor impacto tendrán requisitos acordes con su tamaño, mientras que aquellos que puedan generar mayores efectos sobre la movilidad deberán realizar estudios más detallados y adoptar medidas para prevenir o reducir sus impactos.
La nueva reglamentación, que modifica la Resolución SDM 132490 de 2023, busca que los requisitos de los estudios de movilidad sean proporcionales al impacto que cada proyecto pueda generar sobre este aspecto en el Distrito.
¿Qué cambia para los proyectos de vivienda?
Una de las principales modificaciones de la resolución está relacionada con los nuevos criterios para determinar el tipo de análisis o las acciones de mitigación que debe cumplir un nuevo proyecto residencial, considerando el número de unidades de vivienda y los viajes que genera.
Hasta 100 viviendas: no requieren estudios ni acciones de mitigación ante la Secretaría Distrital de Movilidad.
Proyectos entre 101 y 510 unidades de vivienda y entre 80 y 400 viajes: Deberán implementar acciones de mitigación tipo, orientadas a prevenir y reducir los posibles impactos del proyecto sobre la movilidad y el espacio público durante su operación.
Proyectos entre 511 y 1.274 unidades de vivienda y entre 401 y 1.000 viajes:
Deberán presentar un estudio de demanda y atención de usuarios, que analiza
cómo serán atendidas las necesidades de movilidad de los usuarios motorizados y no motorizados generadas por el proyecto, procurando que sea resuelta al interior de este y no genere afectaciones en el entorno.
Proyectos de más de 1.275 unidades de vivienda y más de 1.000 viajes: deberán presentar un estudio de transporte y tránsito, que realiza un análisis más detallado de las condiciones actuales y futuras de movilidad, incluyendo las demandas de los peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos; las condiciones de seguridad vial y los posibles impactos del proyecto sobre la movilidad de la zona.
Más herramientas para monitorear la movilidad
Para los proyectos que puedan generar impactos significativos sobre la movilidad, la nueva resolución también contempla el suministro e instalación de sistemas automáticos, semiautomáticos u otros medios tecnológicos para el monitoreo del tránsito, como parte de las acciones de mitigación.
Con esta actualización, la Secretaría de Movilidad establece criterios diferenciales para evaluar los impactos de los proyectos e intervenciones sobre la movilidad, el uso del espacio público y determina las medidas de mitigación que deberán implementar los responsables de los proyectos de acuerdo con su magnitud y la demanda de usuarios.
La nueva resolución puede ser descargada aquí: https://registrodistrital.secretariageneral.gov.co/archivo/205752
Oficina Asesora de Comunicaciones y Cultura para la Movilidad
Secretaría Distrital de Movilidad
