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¿Existen restricciones para la matrícula y circulación de vehículos con motores de dos tiempos?

Creado:03/08/2025 - Actualizado:19/02/2026

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Sí, existen restricciones específicas en materia de matrícula para vehículos propulsados por motores de dos tiempos, mientras que, en cuanto a su circulación, no se ha establecido una prohibición directa, aunque sí se prevén medidas progresivas para su renovación.

En lo que respecta a la matrícula, el Decreto Distrital 035 de 2009, establece en el Art. 4° que:

(...) a partir del 1º de abril de 2009, no podrán registrarse en el Distrito Capital, motocicletas, mototriciclos, cuatrimotos, motociclos, ciclomotores y motocarros ni ciclomotores propulsados por motores de ciclo de dos (2) tiempos

Desde la entrada en vigor de esta disposición, se verifica durante el proceso de matrícula inicial que el vehículo esté equipado con un motor de cuatro tiempos, lo cual se constata mediante documentos como la factura de venta, la declaración de importación o el certificado de emisiones contaminantes expedido por el concesionario.

En cuanto a la circulación, no existe una restricción expresa a nivel distrital. Sin embargo, la Ley 1972 de 2019, “Por medio de la cual se establece la protección de los derechos a la salud y al medio ambiente sano…”, indica en su artículo 6° que:

A partir del 10 de enero de 2021, todas las motocicletas que se fabriquen, ensamblen o importen para circular en el territorio nacional deberán cumplir con los límites máximos permisibles de emisión correspondientes a la norma Euro 3, su equivalente o superior.

Y agrega:

El Ministerio de Transporte, en conjunto con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, establecerá un plan y cronograma de renovación del parque automotor de motocicletas en circulación, de tal manera que en 2030 se cumplan los límites máximos permisibles de emisión correspondientes a Euro 3, su equivalente o superior

Por tanto, si bien actualmente no se prohíbe la circulación de motocicletas con motor de dos tiempos, estas deberán ser reemplazadas progresivamente para cumplir con los estándares ambientales exigidos a partir del año 2030.