Finalidad. En el estudio realizado se presento la necesidad de la aplicación de nuevas disposiciones a las contenidas en la Resolución No. 471 de 2019, debido a las nuevas exigencias en lo referente a las condiciones de uso del servicio de telefonía móvil y plan de datos, y el procedimiento para la devolución de equipos, en pro del fortalecimiento del adecuado seguimiento y control de la asignación y/o el uso de los equipos móviles y planes de datos; dichos lineamientos harán parte a través del Sistema Integrado de Gestión de la Entidad.
"Que, la Secretaría Distrital de Movilidad prevé un operador de telefonía móvil para la actualización de equipos celulares, los servicios de planes de voz y datos con servicio de internet, resultado de un análisis de mercado que cumple con las condiciones de calidad y costo, y que representa la opción más favorable y racional para la entidad.
Que para el adecuado desarrollo de las competencias misionales y funcionales de la Secretaría, se justifica la asignación de equipos y líneas de telefonía móvil a sus colaboradores, en consideración de las necesidades actuales decantadas y el fortalecimiento y transformación de las actividades misionales de la Entidad, por lo que se requiere, autorizar, fijar y reglamentar su utilización, señalando las dependencias a las que se les asigna, el número de líneas a asignar, reasignar y condiciones de utilización, a efectos de la adecuada optimización de los recursos de la Secretaría.
Que, a través de la Resolución No. 287 de 2020, el Secretario Distrital de Movilidad delegó a la Subsecretaria de Gestión Corporativa algunas funciones en materia de Talento Humano, y asuntos administrativos de la Secretaria Distrital de Movilidad, entre las que se destaca en el literal a). del artículo segundo, la siguiente: “Reglamentar la asignación, uso y control del servicio de telefonía móvil celular y plan de datos en la Secretaría Distrital de Movilidad, y los actos administrativos que se generen en virtud de este”"
