¿Si soy deudor por concepto de multas por infracciones de tránsito y transporte, puedo ser reportado al boletín de deudores morosos del Estado –BDME-? | Secretaría Distrital de Movilidad
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Última modificación: 
Lun, 17/01/2022 - 15:54
Categoría Preguntas Frecuentes : 
Multas y Comparendos

¿Si soy deudor por concepto de multas por infracciones de tránsito y transporte, puedo ser reportado al boletín de deudores morosos del Estado –BDME-?

Sí, siempre y cuando presenten un saldo superior a 5 SMMLV y un tiempo en mora superior a  6 meses; o que habiendo suscrito un acuerdo de pago, lo haya incumplido. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el Par.  del Art 2° de la Ley 901 de 2004 y el Núm.  del Art. 2° de la Ley 1066 de 2006, respectivamente.

Para conocer si usted ha sido reportado por deudas originadas en la imposición de multas de tránsito o transporte ingrese a  Consultas al Boletín de Deudores Morosos del Estado, realice el registro correspondiente para efectuar la consulta por número de cédula; el resultado le mostrará dos secciones, una referente al monto de la deuda y otra relacionada con el incumplimiento del acuerdo de pago, en el caso que éste haya sido suscrito.

Si usted ya canceló y aún figura reportado con el código 210111001113 e iniciales de SDM en el número de obligación; deberá dirigirse al Centro de Servicios de Movilidad Calle 13 N° 37 35 para que se adelanten las gestiones pertinentes con vía a que sean actualizadas las bases de datos correspondientes.

Consecuencias al ser reportado ante el BDME

Si bien, el Inc.  del Par. 3° del Art. 2° de la Ley 901 de 2004 establecía que las personas que aparezcan relacionadas en el BDME no podían celebrar contratos con el Estado, ni tomar posesión de cargos públicos, hasta tanto demostrarán la cancelación de la totalidad de las obligaciones contraídas o que acreditarán la vigencia de un acuerdo de pago, estas medidas fueron declaradas inexequibles por decisión de la Corte Constitucional. No obstante, es obligación continuar realizando el reporte por parte de la Secretaría Distrital de Movilidad ante la Contaduría General de la Nación. Ver circular