¿Qué procedimiento debo seguir si figura un embargo por multas de tránsito y no tengo deudas pendientes por ese concepto? | Secretaría Distrital de Movilidad
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Última modificación: 
Mié, 19/07/2023 - 19:03
Categoría Preguntas Frecuentes : 
Multas y Comparendos

¿Qué procedimiento debo seguir si figura un embargo por multas de tránsito y no tengo deudas pendientes por ese concepto?

La Secretaría Distrital de Movilidad, adelanta internamente el trámite de desembargo ante la entidad que lo ordenó; este procedimiento se surte de forma masiva. El ciudadano interesado podrá realizar su solicitud, teniendo en cuenta lo siguiente:

Si el embargo aparece pendiente en la pagina web de la Secretaría Distrital de Movilidad, debe presentar la solicitud en https://www.movilidadbogota.gov.co/radicacionwebsdm/formulario.php; adjuntando el comprobante de pago y la constancia del curso, si este fue realizado. 

Si en la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad aparece el desembargo con la respectiva resolución del levantamiento de la medida cautelar, pero en la entidad donde se encuentra registrado el bien se mantiene vigente el embargo, deberá solicitar a través de https://www.movilidadbogota.gov.co/radicacionwebsdm/formulario.php copia del oficio mediante el cual la Secretaría de Movilidad solicito a la respectiva entidad el desembargo, para ser presentado ante ésta para el correspondiente levantamiento de la medida cautelar.

Las solicitudes también podrán ser presentadas a través del Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas Bogotá Te Escucha; Correo SDQS Bogotá te escucha y el formulario ubicado en https://www.movilidadbogota.gov.co/radicacionwebsdm/formulario.php. 

En relación con embargos de vehículos donde se encuentra pendiente la actualización de información en el RUNT, el ciudadano deberá presentar la solicitud ante el Concesionario contáctenos adjuntando el soporte de desembargo, el cual podrá descargar en la pagina web de la Secretaría de Movilidad y el oficio remisorio donde se ordena el desembargo.


Ahora bien, si usted ha sido notificado del embargo de productos financieros y salarios, y no ha realizado el pago, tendrá las siguientes opciones a seguir:

  • Efectuar el pago a través de la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad y diligenciar el espacio denominado DESEMBARGO de este formulario
     
  • Autorizar a la Secretaría Distrital de Movilidad para que el pago de realice a través del producto financiero o de nómina, para lo cual, debe diligenciar el espacio denominado APROPIACIÓN DE TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL de este formulario
     
  • Si efectuó el pago a través de los canales tradicionales y simultáneamente le fue debitado de sus productos financieros o salario, deberá diligenciar el espacio denominado ENTREGA DE TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL de este formulario

En los tres casos anteriormente descritos, el formulario debe ser remitido a través de https://www.movilidadbogota.gov.co/radicacionwebsdm/formulario.php.

En relación con los embargos producto del tiempo de permanencia del vehículo en el patio y el servicio de grúa, se deberá acercar al Centro de Servicios de Movilidad (Calle 13 # 37 35) módulo "liquidación de patios remanentes" donde se le informará el valor a cancelar y procedimiento a seguir para retirar el vehículo o para adelantar el procedimiento de desintegración. También, tiene la opción de realizar acuerdo de pago, para lo cual, debe acudir directamente a la sede de Paloquemao (Cra 28A N° 17A 20).

Culminado el pago, podrá solicitar el desembargo, diligenciando el espacio denominado DESEMBARGO de este formulario y radicarlo a través de https://www.movilidadbogota.gov.co/radicacionwebsdm/formulario.php. Importante tener en cuenta que el cobro por concepto de servicio y grúa debe ser asumido directamente por el propietario del vehículo, conforme con lo establecido en el Par. 6 del Art. 125 d ela Ley 769 de 2002.

Finalmente, si usted ha sido notificado sobre un embargo y no tiene licencia de conducción, debe acercarse a la Subdirección de Contravenciones de la Secretaría Distrital de Movilidad, con el fin de que se verifique su situación como infractor, en la medida que pueden darse casos de suplantación o inconsistencias en la imposición de comparendos por parte de los agentes de tránsito.