¿Cuál es el procedimiento para inscribir un vehículo exceptuado del cumplimiento de pico y placa, por transportar una persona en condición de discapacidad? | Secretaría Distrital de Movilidad
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Última modificación: 
Jue, 28/09/2023 - 17:00
Categoría Preguntas Frecuentes : 
Restricción a la circulación (Incluye pico y placa)

¿Cuál es el procedimiento para inscribir un vehículo exceptuado del cumplimiento de pico y placa, por transportar una persona en condición de discapacidad?

El procedimiento actual para la inscripción de un vehículo usado por personas con discapacidad en el Distrito Capital esta reglado por la resolución 118139 de 2021, la cual entro a regir el pasado 22 de enero de 2022.

 

 

Inicialmente, el ciudadano deberá ingresar al botón de registro de la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad, donde podrá acceder al único canal de radicación para solicitar el registro del automotor.

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Una vez ingrese a la plataforma, el ciudadano deberá registrarse con su usuario y contraseña creada. Y suministrada la información de la placa del rodante, la plataforma realizará la validación automática frente al Registro Único Nacional de Tránsito, para establecer que el Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito - SOAT y la Revisión Técnico-Mecánica y de Gases Contaminantes – RTM, se encuentren vigente, y de la misma manera verificara que el organismo de tránsito el vehículo a registrar se encuentre dentro del listado de organismos de transito conurbado o del área metropolitana, los cuales son:

Se entenderán como municipios conurbados o del área metropolitana los siguientes: Bojacá, Cajicá, Chía, Cogua, Cota, El Rosal, Facatativá, Funza, Gachancipá, La Calera, Madrid, Mosquera, Nemocón, Soacha, Sibaté, Sopó, Subachoque, Tabio, Tenjo, Tocancipá, Zipacón y Zipaquirá.

Posteriormente, una vez registrados los datos de la persona con discapacidad la plataforma validará si el ciudadano se encuentra inscrito en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad - RLCPD, de hallarse en el mismo, se podrá finalizar el registro sin necesidad de aportar algún documento y de manera inmediata.

Ahora bien, si la persona con discapacidad no se encuentra en el RLCPD podrá cargar en formato PDF una certificación de discapacidad, conforme a las indicaciones de la circular externa 009 de 2017 de la Superintendencia Nacional de Salud las cuales son las siguientes:

 

1- Ser expedido (a) por la EPS o Prestador de Servicios de Salud con el que esta haya suscrito un acuerdo de voluntades.

2- Enunciar de manera clara los datos de identificación de la persona con discapacidad (número de identificación y nombre completo).

3- Determinar el o los diagnósticos clínicos, de conformidad con la normatividad vigente.

4- Indicar la relación del diagnóstico con la discapacidad del usuario del vehículo a ser exceptuado, de conformidad con la normatividad vigente.

5- Contener la firma del profesional o de los profesionales responsables de la expedición del documento, con el correspondiente número de registro médico o tarjeta profesional.

6- Fecha de expedición.

Es importante indicar que, no será válida la historia clínica, reportes o dictamen de junta médica laboral, o dictamen de junta de calificación de invalidez.