Ciudadanos recibirán desde hoy Avisos Informativos por infracciones detectadas por Cámaras Salvavidas | Secretaría Distrital de Movilidad
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Ciudadanos recibirán desde hoy Avisos Informativos por infracciones detectadas por Cámaras Salvavidas

Primera Cámara Salvavidas instalada en Bogotá

 

  • La Secretaría Distrital de Movilidad retoma la instalación de las Cámaras Salvavidas en la ciudad, luego de los temas de orden público.
  • Los ciudadanos infractores recibirán Avisos Informativos no sancionatorios. En promedio, las Cámaras Salvavidas detectan en promedio 270 infracciones al día. La Secretaría de Movilidad revisó las velocidades máximas permitidas en algunos puntos críticos.
  • El inicio de la imposición de comparendos sancionatorios será el 16 de diciembre de 2019.

 

Bogotá. Diciembre 9 de 2019. La Secretaría Distrital de Movilidad retomó la instalación de las Cámaras Salvavidas en la ciudad con el fin de controlar la velocidad vehicular y disminuir el número de víctimas fatales en siniestros viales en corredores y puntos de alta siniestralidad.

“Desde hoy los ciudadanos comenzarán a recibir Avisos Informativos no sancionatorios por las infracciones detectadas con las Cámaras Salvavidas. Estos Avisos incluyen las evidencias de la infracción y son enviados por mensaje de texto, correo electrónico y correo físico al teléfono y direcciones que registraron los propietarios de los vehículos ante el Registro Único Nacional Automotor (RUNT). Se enviará un Aviso Informativo por cada infracción con la invitación a respetar las normas de tránsito”, dijo el Secretario Distrital de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo. 

Los Avisos Informativos podrán ser consultados en la página web de las Cámaras Salvavidas por los ciudadanos notificados, en la página web www.camarassalvavidasbogota.com introduciendo sus datos, los del vehículo y el número de notificación que les llega por mensaje de texto y por e-mail. También pueden ser consultados en el siguiente hipervínculo, en el Menú ‘Consulta Comunicación’https://www.movilidadbogota.gov.co/web/SIMUR/notificaciones/ o esperar a que les llegue por correo físico.

Las Cámaras Salvavidas de Bogotá detectan hasta 270 infracciones en promedio cada día, de las cuales 38% corresponden exclusivamente a exceso de velocidad, 28% a transitar además sin revisión técnico-mecánica o sin SOAT, 17% a no acatar la medida de Pico y Placa y 17% a cruzar con un semáforo en rojo.

El inicio de la imposición de comparendos con las Cámaras Salvavidas será el 16 de diciembre de 2019.

La Secretaría Distrital de Movilidad priorizó 50 puntos críticos de siniestralidad vial, atendiendo la normativa del Ministerio de Transporte para la ubicación de las Cámaras Salvavidas.

De estos, retomó la instalación de las cámaras inicialmente en 30 zonas y dispondrá de infraestructura para la instalación en 10 adicionales con el fin de rotar la ubicación de estas de acuerdo con los resultados. Igualmente, eligió otras 10 zonas para la instalación futura tanto de infraestructura como de Cámaras Salvavidas en la ciudad.

La Secretaría Distrital de Movilidad revisó las velocidades máximas permitidas en los corredores y zonas donde operarán las Cámaras Salvavidas, las cuales quedaron definidas así:

Velocidades máximas permitidas en las primeras 30 zonas con Cámaras Salvavidas:

 

#

UBICACIÓN

Velocidad máxima permitida

1

Avenida Boyacá X avenida de las Américas

50 Km/h

2

Avenida Boyacá X autopista sur

3

Avenida Boyacá X calle 53

4

Avenida Boyacá X avenida calle 26

5

Avenida Boyacá X avenida Suba

6

Avenida Boyacá X calle 169 B

7

Autopista norte X calle 94

60 Km/h

8

Autopista norte X calle 100

9

Autopista norte X calle 170

10

Autopista norte X calle 183

11

Autopista norte X calle 116

12

Avenida NQS X avenida de las Américas

50 Km/h

13

Avenida NQS X calle 59

14

Avenida NQS X avenida calle 72

15

Avenida ciudad de Cali X avenida Centenario (avenida calle 13)

50 Km/h

16

Avenida ciudad de Cali X calle 133 A

30 Km/h

17

Avenida ciudad de Cali X avenida calle 80

50 km/h

18

Avenida Primero de Mayo X avenida Boyacá 

50 Km/h

19

Avenida Primero de Mayo X calle 45 sur

40 Km/h

20

Avenida carrera 68 X avenida de las Américas

50 Km/h

21

Calle 139 X transversal 136

30 Km /h

22

Carrera 33 X calle 41 sur

30 Km /h

23

Calle 59 sur X carrera 78 F

50 Km /h

24

Avenida calle 80 X carrera 102

50 Km/h

25

Calle 11 sur X carrera 10

30 Km/h

26

Avenida Caracas X calle 60

50 Km/h

27

Rotonda Banderas X calle 5 C transversal 78 C

50 Km/h

28

Avenida calle 61 Sur X carrera. 32

50 Km/h

29

Avenida carrera 10 A X calle 19

50 Km/h

30

Avenida carrera 7 X calle 94

60 Km /h

Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad

 

Velocidades máximas permitidas en las 10 zonas adicionales con infraestructura para Cámaras Salvavidas:

 

#

UBICACIÓN

Velocidad máxima permitida

31

Avenida ciudad de Cali X calle 53 sur

50 Km/h

32

Avenida ciudad de Cali X avenida Villavicencio

33

Avenida Suba X avenida Ciudad de Cali

50 Km/h

34

Avenida calle 80 X carrera 114

50 Km/h

35

Calle 116 X carrera 9

60 Km/h

36

Avenida carrera 68 X avenida calle 80

50 Km/h

37

Autopista norte X calle 127

60 Km/h

38

Autopista sur X calle 59 sur

60 Km/h

39

Avenida de las Américas X carrera 70 B

50 Km/h

40

Calle 63 sur X Carrera 98 A

30 Km/h

Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad

 

Velocidades máximas permitidas en las 10 zonas para instalación futura de infraestructura y Cámaras Salvavidas:

 

#

UBICACIÓN

Velocidad máxima permitida

41

Avenida Boyacá X avenida calle 80

50 Km/h

42

Avenida ciudad de Cali X avenida calle 26

50 Km/h

43

Avenida calle 80 X carrera 96

50 Km/h

44

Avenida calle 13 X carrera 22

50 Km/h

45

Avenida calle 13 X carrera 27

50 Km/h

46

Avenida calle 26 X diagonal 46

60 Km/h

47

Avenida carrera 68 X avenida calle 13

50 Km/h

48

Avenida Villavicencio X autopista sur

50 Km/h

49

Avenida Suba X calle 127

50 Km/h

50

Avenida carrera 51 X avenida calle 68 sur

60 Km/h

Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad

 

En total en las 30 zonas donde iniciará la operación de las Cámaras Salvavidas se instalará un total de 71 de estos implementos tecnológicos pues algunas intersecciones por su dimensión requieren 3 y hasta 4 cámaras para que cubran todos carriles y ambos sentidos viales.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) la adopción de Cámaras Salvavidas es una de las mejores estrategias para disuadir el exceso de velocidad en la vía.

Esta solución ha permitido la reducción de fatalidades en siniestros de tránsito en diferentes ciudades del mundo. Un meta-análisis realizado en 2014 de 15 estudios en Australia, Bélgica, Reino Unido, Noriega, Suecia, España, Estados Unidos y Nueva Zelanda, reveló que el uso de dispositivos de detección automática de infracciones puede ayudar a reducir hasta en un 20% el número de choques. 

En los Estados Unidos, por ejemplo, el uso de cámaras de velocidad en ciudades como Chicago, Washington o Nueva York ayudó a reducir el número de vehículos que excedían los límites de velocidad y los siniestros asociados a este factor de riesgo.

Un estudio de 2010 reveló que el uso de cámaras de velocidad, incluidos los dispositivos fijos, móviles, abiertos y encubiertos, reducen las velocidades promedio en 1 a 15% y reducen el porcentaje de vehículos que viajan por encima de los límites de velocidad o umbrales de velocidad designados en 14 a 65% en comparación con los sitios sin cámaras.

 

Beneficios de las Cámaras Salvavidas

 

•       Mejoran el control en vía de los infractores

•       Contribuyen con la seguridad vial

•       Previenen siniestros viales

•       Mejoran la cultura ciudadana

•       Mejoran la movilidad en la ciudad

 

¿Qué infracciones detectan las Cámaras Salvavidas?

Las Cámaras Salvavidas detectan las siguientes infracciones:

 

·         C.29: conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida.  Valor de la multa: 414 mil 100 pesos.

·         D02: conducir sin portar los seguros ordenados por la ley. Valor de la multa: 828 mil 100 pesos.

·         C.35: no realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo legal establecido o cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes, aun cuando porte los certificados correspondientes. Valor de la multa: 414 mil 100 pesos.

·         D.04: no detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito. Valor de la multa: 828 mil 100 pesos.

·         C.05: no reducir la velocidad cuando transite por un cruce escolar en los horarios y días de funcionamiento de la institución educativa. Así mismo, cuando transite por cruces de hospitales o terminales de pasajeros. Valor de la multa: 414 mil 100 pesos.

·         C.14: transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado. Valor de la multa: 414 mil 100 pesos.

 

 

Oficina Asesora de Comunicaciones y Cultura para la Movilidad

Secretaría Distrital de Movilidad

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Movilidad
Última modificación: 
Lunes, Diciembre 9, 2019 - 17:56