admsdm | Preguntas frecuentes | 23 de noviembre de 2017 |
No. Las licencias expedidas en los formatos anteriores cuya vigencia para conducir vehículos de servicio público expiró, no habilitan a su titular para la conducción de vehículo de servicio particular, según lo conceptuado por el Ministerio de Transporte.
Si no se tiene la intención de continuar conduciendo vehículos de servicio público, resulta favorable recategorizar hacia abajo teniendo en cuenta que, según la edad, la licencia tendría una mayor vigencia comparada con las licencias que se expiden para servicio público.