¿Cuál es el procedimiento para desintegrar y cancelar la matrícula de un vehículo particular? | Secretaría Distrital de Movilidad
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¿Cuál es el procedimiento para desintegrar y cancelar la matrícula de un vehículo particular?

 

   admsdm   Preguntas frecuentes 26 de enero de 2018

La desintegración física de vehículos o también conocida como chatarrización, consiste en la destrucción de todos los elementos y componentes del automotor por parte de cualquier entidad desintegradora, debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte.

La Resolución N° 0012739 del 20 de diciembre de 2012, establece que, si la solicitud de cancelación de matrícula está originada en la decisión voluntaria del propietario de desintegrar su vehículo, se deberá presentar la certificación expedida por la entidad desintegradora que debe estar debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte, junto con la certificación de la revisión técnica de la DIJÍN.

El Cap. IV de la Resolución 646 del 18 de marzo de 2014 establece el procedimiento que se debe seguir para adelantar el procedimiento de desintegración de vehicular, entre otros aspectos dispone: 

  1. ObtenerEl Certificado de Revisión Técnica en Identificación de Automotores expedida por la DIJIN tiene por objeto garantizar que el vehículo no tiene ningún pendiente o requerimiento de una autoridad judicial y constatar que la identificación de motor, serie y chasis, clase, modelo y marca del vehículo objeto de desintegración física, coincidan con la información del certificado de tradición.

    En Bogotá la Revisión Técnica se efectúa en la sede ubicada en la calle 18 A No. 69F – 45, Barrio Montevideo, teléfono 412 75 11, horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., sábados y domingos de 08:00 a 12:00; para lo cual se debe presentar la fotocopia del documento de identificación del propietario del vehículo, licencia de tránsito, certificado de tradición del vehículo con una vigencia no mayor a ocho (8) días y consignar $ 2 SMDLV, es decir, $ 52.082 (2018) en el Banco Popular.
     
  2. Presentar ante la entidad desintegradora los siguientes documentos:
     
    • Certificado expedido por la DIJIN, el cual deberá ser validado a través del sistema RUNT. 
    • Autorización suscrita por el propietario del vehículo para realizar la desintegración física total. 
    • Certificado de tradición del vehículo en el que conste que el mismo está libre de gravámenes o limitaciones a la propiedad, excepto que el gravamen o limitación provenga de deudas de impuestos del respectivo vehículo a desintegrar. 
    • Placas del vehículo automotor a desintegrar o denuncio por pérdida.
  3. Una vez acreditados los documentos, la entidad desintegradora informará la fecha en la cual se adelantará el proceso de desintegración, y expedir el certificado de desintegración física total de un vehículo.

Entidades desintegradoras autorizadas en el perímetro de Bogotá

 

ENTIDAD DESINTEGRADORA

PUNTO RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS

HORARIO DE ATENCIÓN

UBICACIÓN PLANTA DESINTEGRADORA

GERDAU DIACO

Calle 87 N° 19 A – 27 y Calle 15 F N° 112 A 91 zona franca de Fontibón

Lunes a viernes de 8:00 A.M. a 1:00 P.M.

Calle 15 F N° 112 A 91 zona franca de Fontibón

SIDERUGICA NACIONAL SIDENAL S.A.

Punto de atención SIM
Autopista Norte N° 106 - 25 Oficina 203

Lunes a viernes de 1:30 A.M. a 5:00 P.M.

Planta de Tocancipa Vereda Tibitó Diagonal al Autódromo de Tocancipa

IMPORTACIONES MANIZALES

Calle 6 N° 2D 54 Soacha

Lunes a viernes 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 3:00 P.M.

Calle 6 N° 2 D 54

 

Surtido el proceso de desintegración, el propietario del vehículo matriculado en Bogotá, procederá a solicitar la cancelación de la matricula por desintegración física total del vehículo en cualquiera de los puntos de atención SIMsiguiendo el procedimiento establecido en el Cap. V Art. 16 de la Resolución N° 0012739 del 20 de diciembre de 2012 y acreditando los requisitos generales, junto con la certificación de la revisión por parte de la DIJIN y la certificación de la desintegración expedida por la empresa desintegradora.

Para este trámite NO es necesario la presentación de SOAT, ni la revisión técnico-mecánica y de emisiones de gases contaminantes.