admsdm | Preguntas frecuentes | 10 de enero de 2017 |
El servicio público de transporte terrestre automotor especial es aquel que se presta bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente constituida y debidamente habilitada en esta modalidad, a un grupo específico de personas que tengan una característica común y homogénea en su origen y destino, como estudiantes, turistas, empleados, personas con discapacidad y/o movilidad reducida, pacientes no crónicos y particulares que requieren de un servicio expreso.
Este servicio es regulado y autorizado por el Ministerio de Transporte, la vigilancia y control de la prestación del servicio está a cargo de la Superintendencia de Puertos y Transporte y el control operativo a los vehículos está a cargo de los organismos de tránsito.
El Decreto 1079 del 26 de mayo de 2015 por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte norma todo lo concerniente al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial.