LA MOVILIDAD DEL CORREDOR DE LA CALLE 13 HA MEJORADO EN UN 35% POR MEDIDA DE RESTRICCIÓN A VEHÍCULOS DE CARGA | Secretaría Distrital de Movilidad
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LA MOVILIDAD DEL CORREDOR DE LA CALLE 13 HA MEJORADO EN UN 35% POR MEDIDA DE RESTRICCIÓN A VEHÍCULOS DE CARGA

 

  • Desde la aplicación de la medida, el pasado 16 de noviembre, se ha logrado mejorar la movilidad en un 35%, durante el horario de restricción.
  • Un total de 96 comparendos pedagógicos se impusieron en el primer mes del Decreto.
  • La restricción aplica para vehículos de transporte de carga con designación de dos (2) o más ejes con capacidad de carga superior a siete (7) toneladas, de lunes a viernes, entre las 6:00 a.m. y las 8:00 a.m.

 

 

Bogotá. Diciembre 16 de 2018. Luego de la entrada en vigencia del Decreto 593 de 2018, que restringe la circulación de vehículos de carga de lunes a viernes, entre las 6 a.m. y las 8 a.m. por el corredor Calle 13, el resultado del primer mes refleja un aumento del 35% en la velocidad de ingreso al corredor, pasando de 20 a 30 kilómetros por hora en promedio.  Esto, según cifras del monitoreo y análisis de información correspondiente a volúmenes de tránsito y velocidad promedio, realizado por la Secretaría Distrital de Movilidad.

 

Durante el mes de pedagogía, la Policía Metropolitana de Tránsito impuso 96 comparendos pedagógicos a los conductores que no acataron la restricción. Pero a partir de este lunes 17 de diciembre, según lo establecido en el Decreto, las multas serán económicas por la infracción C14 “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado”, y el comparendo tendrá un valor de trescientos noventa mil seiscientos pesos ($390.600).

Los beneficiados

Según el monitoreo al corredor, los grandes beneficiados con la medida son los más de 15.000 pasajeros del transporte intermunicipal, que ingresan a Bogotá procedentes de los municipios aledaños, ya que la velocidad ha mejorado a 30 kilómetros por hora en el horario de restricción (6:00 a.m. a 8:00 a.m.).

 

 

Cabe recordar que los siguientes vehículos están exentos de la medida: los vehículos de emergencia, de valores, de alimentos perecederos, animales vivos, flores y gases medicinales, de operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios en servicio, de transporte de materiales y maquinaria para obras públicas que se encuentren en servicio, siempre y cuando la obra asociada a la actividad, cuente con el Plan de Manejo de Tránsito – PMT. Así mismo, se encuentran exceptuados aquellos vehículos de carga que pertenezcan a empresas vinculadas al Programa de Autorregulación Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente.

 

Balance Ambiental

 

La Secretaría Distrital de Ambiente continúa realizando monitoreo constante de las variaciones de la calidad del aire en la zona para realizar modelos comparativos y seguimiento a los objetivos de disminuir la concentración de material particulado en el horario de restricción.

 

Durante el primer mes de la implementación de la medida se realizaron 7 operativos ambientales donde se revisaron 78 vehículos, de los cuales 32 fueron aprobados, 46 fueron rechazados y 13 fueron inmovilizados. 

 

Al coincidir con las horas del día en que es mayor la concentración atmosférica de material particulado (PM), no solo se han reducido las emisiones generadas por vehículos, sino que se ha visto la mejoría en las velocidades de rodamiento del resto de flota que circula por el corredor, disminuyendo episodios de arrancadas y frenadas que son parte del régimen de marcha de los motores en los que más emisiones se generan.

 

Según inventarios de emisiones de fuentes móviles (transporte) desarrollados por la Secretaría Distrital de Ambiente, el transporte de carga es el responsable de cerca del 43% de las emisiones de material particulado. Con la implementación de la medida y el con el paso de los meses, se estima que se puede alcanzar una reducción cercana al 29% en las emisiones de material particulado en este corredor.

 

 

¿Qué es el Programa de Autorregulación Ambiental?

 

El Programa de Autorregulación es un instrumento de gestión ambiental coordinado por la Secretaría Distrital de Ambiente cuyo objetivo principal es la reducción de las emisiones de los vehículos con motor accionado a diésel. El programa de autorregulación ambiental está basado en un programa integral de mantenimiento vehicular para el transporte de carga, hasta lograr mantener la opacidad  un 20 % por debajo del límite establecido en la norma vigente. 

Los vehículos de carga que estén vinculados a este programa no son objeto de las restricciones de circulación establecidas por el Distrito.

 

El proceso de vinculación al programa es el siguiente:

  1. Inscripción: acercar la documentación que la Secretaría Distrital de Ambiente solicitada para validar las características de los vehículos y su propiedad.
  2. Revisión del plan integral de mantenimiento: la Secretaría Distrital de Ambiente hará una visita para validar el programa de mantenimiento propuesto por el solicitante.
  3. Programación y realización de las mediciones de opacidad: la Secretaría Distrital de Movilidad verificará el cumplimiento de los niveles de opacidad en los vehículos autorregulados. Con esta verificación se harán las excepciones pertinentes.
  4. Ejercicio de los derechos y obligaciones de los autorregulados: los vehículos podrán circular mientras mantengan los compromisos que adquirieron a través de su programa de autorregulación.

Para mayor información consultar http://ambientebogota.gov.co/web/sda/autorregulacion

 

 

 

 

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Última modificación: 
Viernes, Febrero 15, 2019 - 08:16